Resolución Administrativa N.° 171-2024-DMID-DIRIS-LS/MINSA
RA 171-2024-DMID-DIRIS-LS/MINSA
7 de febrero de 2024
Art. 1º.- Sancionar con MULTA equivalente a TRES (3) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), vigente a la fecha que se expide la presente resolución, al establecimiento 20607487732, ubicado en Grupo 12, Sec. 01, Mz. B, Lote 5, en el distrito de Villa El Salvador; por incurrir en la infracción N° 12 del Anexo 05 de la Escala de Infracciones y Sanciones Administrativas al Reglamento para el Registro, Control y
farmacéutico BOTICA VESSANTE, con razón social VESSANTE S.A.C., representado legalmente por ESPINOZA PORTUGUEZ OMAR, con número de RUC Vigilancia Sanitaria de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, aprobado mediante Decreto Supremo N°016-2011-SA, referida a no permitir la inspección.
Art. 2°. - El pago de la multa correspondiente se efectuará en el Banco de la Nación, en la Cuenta Corriente N° 00-068371740 dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de notificada la presente Resolución. En caso de incumplimiento del pago de la multa dentro del plazo establecido se aplicará la Tasa de Interés Legal (TIL), sin perjuicio de iniciarse la acción de cobranza coactiva correspondiente.
Art. 3º. - De conformidad con la disposición 7.1.6.1. de la Directiva Administrativa N° 255- MINSA/2018/OGA, se podrá pagar el 50% de la Multa dentro de los 15 días hábiles siguientes de notificada la resolución.
Art. 4°. - Notifíquese al interesado para lo cual REMITASE a la Dirección Administrativa de la DIRIS Lima Sur, para los fines consiguientes.
farmacéutico BOTICA VESSANTE, con razón social VESSANTE S.A.C., representado legalmente por ESPINOZA PORTUGUEZ OMAR, con número de RUC Vigilancia Sanitaria de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, aprobado mediante Decreto Supremo N°016-2011-SA, referida a no permitir la inspección.
Art. 2°. - El pago de la multa correspondiente se efectuará en el Banco de la Nación, en la Cuenta Corriente N° 00-068371740 dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de notificada la presente Resolución. En caso de incumplimiento del pago de la multa dentro del plazo establecido se aplicará la Tasa de Interés Legal (TIL), sin perjuicio de iniciarse la acción de cobranza coactiva correspondiente.
Art. 3º. - De conformidad con la disposición 7.1.6.1. de la Directiva Administrativa N° 255- MINSA/2018/OGA, se podrá pagar el 50% de la Multa dentro de los 15 días hábiles siguientes de notificada la resolución.
Art. 4°. - Notifíquese al interesado para lo cual REMITASE a la Dirección Administrativa de la DIRIS Lima Sur, para los fines consiguientes.