Resolución Administrativa N.° 154-2024-DMID-DIRIS-LS/MINSA
RA 154-2024-DMID-DIRIS-LS/MINSA
1 de febrero de 2024
Art. 1°. - Sancionar con MULTA equivalente a UNO PUNTO CINCO (1.5) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), vigente a la fecha que se expide la presente resolución, al establecimiento farmacéutico BOTICA SEÑOR DE LUREN, propiedad de PALOMINO MEDINA JOSUE MATEO, con número de RUC 10446950172, ubicado en Mz. B15, Lote 20, C.P. Huertos de Manchay, en el distrito de Pachacamac; por incurrir en la infracción Nº 1 del Anexo 01 de la Escala por Infracciones y Sanciones a los Establecimientos Farmacéuticos y No Farmacéuticos, aprobado mediante Decreto Supremo N°014-2011-SA; referida por funcionar sin contar con Director Técnico.
Art. 2°. - El pago de la multa correspondiente se efectuará en el Banco de la Nación, en la Cuenta Corriente N° 00-068371740 dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir del dia siguiente de notificada la presente Resolución. En caso de incumplimiento del pago de la multa dentro del plazo establecido se aplicará la Tasa de Interés Legal (TIL), sin perjuicio de iniciarse la acción de cobranza coactiva correspondiente.
Art. 3°. De conformidad con la disposición 7.1.6.1. de la Directiva Administrativa N° 255- MINSA/2018/OGA, se podrá pagar el 50% de la Multa dentro de los 15 días hábiles siguientes de notificada la resolución.
Art. 4°. - Notifiquese al interesado para lo cual REMITASE a la Dirección Administrativa de la DIRIS Lima Sur, para los fines consiguientes.
Art. 2°. - El pago de la multa correspondiente se efectuará en el Banco de la Nación, en la Cuenta Corriente N° 00-068371740 dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir del dia siguiente de notificada la presente Resolución. En caso de incumplimiento del pago de la multa dentro del plazo establecido se aplicará la Tasa de Interés Legal (TIL), sin perjuicio de iniciarse la acción de cobranza coactiva correspondiente.
Art. 3°. De conformidad con la disposición 7.1.6.1. de la Directiva Administrativa N° 255- MINSA/2018/OGA, se podrá pagar el 50% de la Multa dentro de los 15 días hábiles siguientes de notificada la resolución.
Art. 4°. - Notifiquese al interesado para lo cual REMITASE a la Dirección Administrativa de la DIRIS Lima Sur, para los fines consiguientes.