Resolución Administrativa N.° 018-2024-DMID-DIRIS-LS/MINSA
RA 018-2024-DMID-DIRIS-LS/MINSA
5 de enero de 2024
Art. 1º.-Sancionar con MULTA equivalente a CERO PUNTO CINCO (0.5) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), vigente a la fecha que se expide la presente resolución, a ORTEGA VILCA DAYER SMITH, propietario del establecimiento farmacéutico BOTICA DOCTOR PLUS, con número de RUC 10434091786, ubicada en Av. José Carlos Mariátegui 1563, Urb. San Gabriel, distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima; por incurrir en la infracción Nº 66 del Anexo N° 01 de la Escala por Infracciones y Sanciones a los Establecimientos Farmacéuticos y No Farmacéuticos, aprobado mediante Decreto Supremo N°014-2011-SA, referida por no entregar la información de precios en el plazo y/o condiciones establecidas por la autoridad.
Art. 2º.- El pago de la multa correspondiente se efectuará en el Banco de la Nación, en la Cuenta Corriente N° 00-068371740 dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de notificada la presente Resolución. En caso de incumplimiento del pago de la multa dentro del plazo establecido se aplicará la Tasa de Interés Legal (TIL), sin perjuicio de iniciarse la acción de cobranza coactiva correspondiente.
Art. 3º.- De conformidad con la disposición 7.1.6.1. de la Directiva Administrativa N° 255-MINSA/2018/OGA, se podrá pagar el 50% de la Multa dentro de los 15 días hábiles siguientes de notificada la resolución.
Art. 4º.- Notifíquese al interesado, para lo cual REMÍTASE a la Dirección Administrativa de la DIRIS Lima Sur, para los fines consiguientes.
Art. 2º.- El pago de la multa correspondiente se efectuará en el Banco de la Nación, en la Cuenta Corriente N° 00-068371740 dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de notificada la presente Resolución. En caso de incumplimiento del pago de la multa dentro del plazo establecido se aplicará la Tasa de Interés Legal (TIL), sin perjuicio de iniciarse la acción de cobranza coactiva correspondiente.
Art. 3º.- De conformidad con la disposición 7.1.6.1. de la Directiva Administrativa N° 255-MINSA/2018/OGA, se podrá pagar el 50% de la Multa dentro de los 15 días hábiles siguientes de notificada la resolución.
Art. 4º.- Notifíquese al interesado, para lo cual REMÍTASE a la Dirección Administrativa de la DIRIS Lima Sur, para los fines consiguientes.