Resolución Administrativa N.° 014-2024-DMI-DIRIS-LS/MINSA
RA 014-2024-DMI-DIRIS-LS/MINSA
5 de enero de 2024
Art. 1º.- Sancionar con MULTA equivalente a UNO PUNTO CINCO (1.5) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), vigente a la fecha que se expide la presente resolución, a QUISPE BALBOA CRISTIAN EZEQUIEL, propietario del establecimiento farmacéutico BOTICA CARMELITA, con número de RUC 10412257222, ubicada en Av. Pastor Sevilla Mz. E, Lt. 6, Urb. Cooperativa Virgen de Cocharcas, en el distrito de Villa El Salvador; por incurrir en la infracción N° 8 del Anexo 01 de la Escala por Infracciones y Sanciones a los Establecimientos Farmacéuticos y No Farmacéuticos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 014- 2011-SA; referida por no comunicar el cierre definitivo del establecimiento.
Art. 2°.El pago de la multa correspondiente se efectuará en el Banco de la Nación, en la Cuenta Corriente N° 00-068371740 dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de notificada la presente Resolución. En caso de incumplimiento del pago de la multa dentro del plazo establecido se aplicará la Tasa de Interés Legal (TIL), sin perjuicio de iniciarse la acción de cobranza coactiva correspondiente.
Art. 3°. De conformidad con la disposición 7.1.6.1. de la Directiva Administrativa N° 255- MINSA/2018/OGA, se podrá pagar el 50% de la Multa dentro de los 15 días hábiles siguientes de notificada la resolución.
Art. 4°. Notifiquese al interesado, recomendando se realice en la dirección: Psj. Chorrillos 14, Asent. H. Mz. F, Lt. 14, Villa Tácala Etapa 2, Mz. F, Lt. 14, en el distrito Chorrillos; para lo cual REMÍTASE a la Dirección Administrativa de la DIRIS Lima Sur, para los fines consiguientes.
Art. 2°.El pago de la multa correspondiente se efectuará en el Banco de la Nación, en la Cuenta Corriente N° 00-068371740 dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de notificada la presente Resolución. En caso de incumplimiento del pago de la multa dentro del plazo establecido se aplicará la Tasa de Interés Legal (TIL), sin perjuicio de iniciarse la acción de cobranza coactiva correspondiente.
Art. 3°. De conformidad con la disposición 7.1.6.1. de la Directiva Administrativa N° 255- MINSA/2018/OGA, se podrá pagar el 50% de la Multa dentro de los 15 días hábiles siguientes de notificada la resolución.
Art. 4°. Notifiquese al interesado, recomendando se realice en la dirección: Psj. Chorrillos 14, Asent. H. Mz. F, Lt. 14, Villa Tácala Etapa 2, Mz. F, Lt. 14, en el distrito Chorrillos; para lo cual REMÍTASE a la Dirección Administrativa de la DIRIS Lima Sur, para los fines consiguientes.