Resolución Administrativa N.° 011-2024-DMID-DIRIS-LS/MINSA
RA 011-2024-DMID-DIRIS-LS/MINSA
5 de enero de 2024
Art. 1º. - Sancionar con MULTA equivalente a UNO PUNTO CINCO (1.5) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), vigente a la fecha que se expide la presente resolución, al establecimiento farmacéutico BOTICA SAN RAFAEL PERU, con razón social BOTICA SAN RAFAEL PERU SOCIEDAD ANONIMA CERRADA, debidamente representado por COQUIL ONCOY YANET EUGENIA, con número de RUC 20544241169, ubicado en Av. Miguel Iglesias Mz. B, Lote 16 A, AA.HH. República Democrática Alemana, en el distrito de San Juan de Miraflores; por incurrir en la infracción N° 8 del Anexo 01 de la Escala por Infracciones y Sanciones a los Establecimientos Farmacéuticos y No Farmacéuticos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 014-2011-SA; referida por no comunicar el cierre definitivo del establecimiento.
Art. 2°. El pago de la multa correspondiente se efectuará en el Banco de la Nación, en la Cuenta Corriente N° 00-068371740 dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de notificada la presente Resolución. En caso de incumplimiento del pago de la multa dentro del plazo establecido se aplicará la Tasa de Interés Legal (TIL), sin perjuicio de iniciarse la acción de cobranza coactiva correspondiente.
Art. 3°. - De conformidad con la disposición 7.1.6.1. de la Directiva Administrativa N° 255- MINSA/2018/OGA, se podrá pagar el 50% de la Multa dentro de los 15 días hábiles siguientes de notificada la resolución.
Art. 4°. - Notifíquese al interesado, recomendando se realice en su domicilio fiscal: Av. El Sol N° 1475, Urb. La Campiña, en el distrito Chorrillos; para lo cual REMÍTASE a la Dirección Administrativa de la DIRIS Lima Sur, para los fines consiguientes.
Art. 2°. El pago de la multa correspondiente se efectuará en el Banco de la Nación, en la Cuenta Corriente N° 00-068371740 dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de notificada la presente Resolución. En caso de incumplimiento del pago de la multa dentro del plazo establecido se aplicará la Tasa de Interés Legal (TIL), sin perjuicio de iniciarse la acción de cobranza coactiva correspondiente.
Art. 3°. - De conformidad con la disposición 7.1.6.1. de la Directiva Administrativa N° 255- MINSA/2018/OGA, se podrá pagar el 50% de la Multa dentro de los 15 días hábiles siguientes de notificada la resolución.
Art. 4°. - Notifíquese al interesado, recomendando se realice en su domicilio fiscal: Av. El Sol N° 1475, Urb. La Campiña, en el distrito Chorrillos; para lo cual REMÍTASE a la Dirección Administrativa de la DIRIS Lima Sur, para los fines consiguientes.