TUPA - Dirección de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria
TUPA
20 de octubre de 2023
INTRODUCCIÓN
Le corresponde a la Dirección de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria de la Dirección de Redes Integradas de Salud, las funciones establecidas en el artículo 11º del Manual de Operaciones de las DIRIS de Lima Metropolitana, aprobado con Resolución Ministerial N° 467-2017/MINSA6. Al respecto, es el órgano encargado de realizar las actividades relacionadas a Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria, en el ámbito de la DIRIS LIMA NORTE y en coordinación con la Dirección General y Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria (DIGESA) y la Alta Dirección del Ministerio de Salud.
La Dirección de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria, tiene a su cargo las siguientes unidades orgánicas:
1. Oficina de Certificación y Autorización de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria.
2. Oficina de Fiscalización y Control de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria.
3. Oficina de Vigilancia Sanitaria en Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria.
La Dirección de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria, tiene a su cargo las siguientes unidades orgánicas:
1. Oficina de Certificación y Autorización de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria.
2. Oficina de Fiscalización y Control de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria.
3. Oficina de Vigilancia Sanitaria en Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria.
OFICINA DE CERTIFICACIÓN Y AUTORIZACIÓN DE SALUD AMBIENTAL E INOCUIDAD ALIMENTARIA
La Oficina a cargo de llevar a cabo el Procedimiento Administrativo de atención de los TUPAs, es la Oficina de Certificación y Autorización de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria.
UBICACIÓN Y HORARIO DE ATENCIÓN
-La Dirección de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria (DESAIA) está ubicada en Calle A Manzana 02 Lote 3 Asociación Víctor Raúl Haya De La Torre. Independencia (A la Altura de la Estación Naranjal, del Metropolitano).
-Horario de Atención: lunes a viernes de 8:00 a 13:00 horas y de 14:00 a 16:30 horas.
-Horario de Atención: lunes a viernes de 8:00 a 13:00 horas y de 14:00 a 16:30 horas.
-Para atención los sábados, domingos y Feriados de los siguientes procedimientos 170, Traslado de cadáver; 171 Cremación de cadáver y, 173 Inhumación de cadáver por Vencimiento de Plazo de Ley. Sera por medio del correo de mesadepartes@dirisln.gob.pe con copia a certificaciondirisln@gmail.com de la DIRIS Lima Norte, donde deben adjuntar todos los requisitos escaneados en PDF asi mismo el pago realizado al RUC 20602217508 de la DIRIS Lima Norte de acuerdo a los montos que se especifican en los procedimientos. El pago se realiza a la cuenta dela DIRIS Lima Norte en el Banco de la Nación N° 00-68-371767.
-Atencio presencial de lunes a viernes en horarios de 8:00 a 13:00 horas y de 14:00 a 16:30 horas.
PROCEDIMIENTOS
PROCEDIMIENTOS TUPA DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE SALUD AMBIENTAL E INOCUIDAD ALIMENTARIA
Según el Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2016-SA y su modificatoria mediante Resolución Ministerial N° 041-2018/MINSA, la DIRECCIÓN DE SALUD AMBIENTAL E INOCUIDAD ALIMENTARIA atiende los siguientes procedimientos:
N° de procedimiento: 170
Denominación del procedimiento: Autorización Sanitaria para Traslado de Cadáver.
N° de procedimiento: 170
Denominación del procedimiento: Autorización Sanitaria para Traslado de Cadáver.
Derecho de tramitación (% de UIT): 2.17%
Derecho de Tramitación (en S/.): 90.20
Plazo para resolver: 02 días hábiles
Derecho de Tramitación (en S/.): 90.20
Plazo para resolver: 02 días hábiles
N° de procedimiento: 171
Denominación del procedimiento: Autorización Sanitaria para Cremación del Cadáver.
Derecho de tramitación (% de UIT): 1.99%
Derecho de Tramitación (en S/.): 82.70
Plazo para resolver: 02 días hábiles
N° de procedimiento: 172
Denominación del procedimiento: Autorización Sanitaria para Exhumación y Traslado de restos Humanos o Exhumación, Traslado y Cremación de Restos Humanos.
Derecho de Tramitación (en S/.): 82.70
Plazo para resolver: 02 días hábiles
N° de procedimiento: 172
Denominación del procedimiento: Autorización Sanitaria para Exhumación y Traslado de restos Humanos o Exhumación, Traslado y Cremación de Restos Humanos.
Derecho de tramitación (% de UIT): 4.01%
Derecho de Tramitación (en S/.): 166.30
Plazo para resolver: 03 días hábiles
N° de procedimiento: 173
Denominación del procedimiento: Autorización Sanitaria para Inhumación de cadáver por vencimiento de plazo de ley.
Derecho de Tramitación (en S/.): 166.30
Plazo para resolver: 03 días hábiles
N° de procedimiento: 173
Denominación del procedimiento: Autorización Sanitaria para Inhumación de cadáver por vencimiento de plazo de ley.
Derecho de tramitación (% de UIT): 1.82%
Derecho de Tramitación (en S/.): 75.50
Plazo para resolver: 03 días hábiles
N° de procedimiento: 179
Denominación del procedimiento: Registro de Sistemas de Abastecimiento de Agua.
Derecho de Tramitación (en S/.): 75.50
Plazo para resolver: 03 días hábiles
N° de procedimiento: 179
Denominación del procedimiento: Registro de Sistemas de Abastecimiento de Agua.
Derecho de tramitación (% de UIT): 4.02%
Derecho de Tramitación (en S/.): 166.80
Plazo para resolver: 12 días hábiles
N° de procedimiento: 180
Denominación del procedimiento: Registro de Fuentes de Agua para Consumo Humano.
Derecho de Tramitación (en S/.): 166.80
Plazo para resolver: 12 días hábiles
N° de procedimiento: 180
Denominación del procedimiento: Registro de Fuentes de Agua para Consumo Humano.
Derecho de tramitación (% de UIT): 3.92%
Derecho de Tramitación (en S/.): 162.50
Plazo para resolver: 12 días hábiles
N° de procedimiento: 181
Denominación del procedimiento: Autorización Sanitaria de Estaciones de Surtidores y Proveedores mediante Camiones Cisterna u otros medios en Condiciones Especiales de Distribución del Agua para Consumo Humano.
Derecho de Tramitación (en S/.): 162.50
Plazo para resolver: 12 días hábiles
N° de procedimiento: 181
Denominación del procedimiento: Autorización Sanitaria de Estaciones de Surtidores y Proveedores mediante Camiones Cisterna u otros medios en Condiciones Especiales de Distribución del Agua para Consumo Humano.
Derecho de tramitación (% de UIT): 3.98%
Derecho de Tramitación (en S/.): 165.00
Plazo para resolver: 12 días hábiles
N° de procedimiento: 185
Denominación del procedimiento: Inspección Técnica por Inicio de Actividades de Empresas de Saneamiento Ambiental.
Derecho de Tramitación (en S/.): 165.00
Plazo para resolver: 12 días hábiles
N° de procedimiento: 185
Denominación del procedimiento: Inspección Técnica por Inicio de Actividades de Empresas de Saneamiento Ambiental.
Derecho de tramitación (% de UIT): 4.46%
Derecho de Tramitación (en S/.): 185.10
Plazo para resolver: 12 días hábiles
N° de procedimiento: 186
Denominación del procedimiento: Certificación de Aprobación Sanitaria de Proyectos de Piscinas Públicas y Privadas de Uso Colectivo.
Derecho de Tramitación (en S/.): 185.10
Plazo para resolver: 12 días hábiles
N° de procedimiento: 186
Denominación del procedimiento: Certificación de Aprobación Sanitaria de Proyectos de Piscinas Públicas y Privadas de Uso Colectivo.
Derecho de tramitación (% de UIT): 4.48%
Derecho de Tramitación (en S/.): 186.00
Plazo para resolver: 15 días hábiles
N° de procedimiento: 187
Denominación del procedimiento: Autorización Sanitaria o Renovación de Autorización Sanitaria para: A) Clínicas Veterinarias, Centros de Experimentación donde se realicen Investigaciones con Canes. B) Establecimientos de Crianza, Atención, Comercialización y Albergue de Canes.
Derecho de Tramitación (en S/.): 186.00
Plazo para resolver: 15 días hábiles
N° de procedimiento: 187
Denominación del procedimiento: Autorización Sanitaria o Renovación de Autorización Sanitaria para: A) Clínicas Veterinarias, Centros de Experimentación donde se realicen Investigaciones con Canes. B) Establecimientos de Crianza, Atención, Comercialización y Albergue de Canes.
Derecho de tramitación (% de UIT): 5.05%
Derecho de Tramitación (en S/.): 209.60
Plazo para resolver: 12 días hábiles
*En el DECRETO SUPREMO N° 031-2021-SA, se modificó el artículo 3° del Reglamento de Cementerios. En esta modificación no se considera la certificación de Habilitación de Cementerios ni de crematorios.
** En el DECRETO SUPREMO N° 031-2021-SA, se modificó el artículo 9° del Reglamento de Cementerios. En esta modificación se considera que la Autorización Sanitaria para el funcionamiento de cementerios y/o crematorios, estará a cargo de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria del Ministerio de Salud. (Ya no se realiza en la DIRIS).
*** En el DECRETO SUPREMO N° 031-2021-SA, se modifican los plazos para resolver.
Derecho de Tramitación (en S/.): 209.60
Plazo para resolver: 12 días hábiles
*En el DECRETO SUPREMO N° 031-2021-SA, se modificó el artículo 3° del Reglamento de Cementerios. En esta modificación no se considera la certificación de Habilitación de Cementerios ni de crematorios.
** En el DECRETO SUPREMO N° 031-2021-SA, se modificó el artículo 9° del Reglamento de Cementerios. En esta modificación se considera que la Autorización Sanitaria para el funcionamiento de cementerios y/o crematorios, estará a cargo de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria del Ministerio de Salud. (Ya no se realiza en la DIRIS).
*** En el DECRETO SUPREMO N° 031-2021-SA, se modifican los plazos para resolver.
REQUISITOS
N° de procedimiento: 170
Denominación del procedimiento: Autorización Sanitaria para Traslado de Cadáver
Requisitos:
A. Solicitud dirigida al/la Director/a Ejecutivo/a de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria con carácter de Declaración Jurada, la cual debe contener, como mínimo, la siguiente información:
1.Nombres y apellidos, número de D.N.I. o Carné de Extranjería o Pasaporte del solicitante, o el
nombre, apellido y número de D.N.I. o Carné de Extranjería o Pasaporte del representante
del Consulado correspondiente.
2.Parentesco con el fallecido.
3.Nombre y apellido, número de D.N.I. o Carné de Extranjería o Pasaporte del fallecido.
4.Domicilio legal del solicitante.
5.Fecha de pago y el número de comprobante del pago por derecho de tramitación.
6.Lugar de destino (Departamento, Provincia, Distrito) del cadáver o los restos humanos.
7.En el caso que:
7.1.El cadáver o resto humano sea inhumado: Nombre del cementerio donde será enterrado.
7.2.El cadáver o resto humano sea cremado: Lugar donde será cremado y destino final
de las cenizas.
B. Copia simple del Carné de Extranjería o Pasaporte del solicitante, según corresponda.
C. En caso que:
1.El trámite lo realice el cónyuge, copia simple de su partida de matrimonio.
2.El trámite lo realice un familiar consanguíneo de hasta el tercer grado: Copia simple de la Partida de
nacimiento u otro documento que acredite grado de parentesco.
3.El trámite no lo realice un familiar consanguíneo de hasta el tercer grado: Declaración jurada del
interesado en el trámite, que acredite que no ha sido posible que un familiar consanguíneo de
hasta el tercer grado haya tramitado la Autorización Sanitaria.
4.El trámite lo realice un representante del Consulado, debido a que el occiso haya sido extranjero
sin familiar en el país, copia del documento emitido por el Consulado, que acredite
su representación.
D. En caso de:
1.Muerte natural, debe presentar copia simple del Certificado de Defunción, debiéndose encontrar
visado por el Consulado Peruano respectivo, para cadáver o resto humano procedente del extranjero.
2.Muerte súbita o violenta, debe presentar copia simple del Certificado de Necropsia de Ley,
expedida por el Médico Legista o Médico del establecimiento de salud autorizado y, si el cadáver
o resto humano será cremado, según sea el caso, copia simple del certificado de la Autorización
Judicial o Fiscal Provincial en caso ingrese a la morgue.
E. En caso de muerte mayor a cuarenta y ocho (48) horas o más, el solicitante debe presentar:
1.Copia simple del Acta de Defunción, expedida por el Registro Nacional de Identificación y
Estado Civil (RENIEC) o la Municipalidad correspondiente.
2.Copia simple del Certificado de Embalsamamiento o de Formolización, suscrito por un
Médico, debiéndose encontrar visado por el Consulado Peruano respectivo, para cadáver o
resto humano procedente del extranjero.
F. De corresponder, adjuntar carta poder simple firmada por el poderdante indicando de manera obligatoria sus nombres, apellidos y número de Documento de Identidad, salvo que se trate de apoderados con poder inscrito en SUNARP, en cuyo caso basta una Declaración Jurada en los mismos términos establecidos para personas jurídicas.
G. En caso de cadáver o resto humano procedente del extranjero: Autorización Sanitaria o documento equivalente del país de procedencia visado por el Consulado Peruano respectivo.
DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS
a) Declaración jurada de la veracidad de los documentos.
b) Declaración jurada de consentimiento de familiares.
c) El lugar de fallecimiento del occiso a ser trasladado debe estar indicado que fue en la jurisdicción de la DIRIS Lima Norte (Distritos de Independencia, Comas, Carabayllo, Puente Piedra, Ancón, Santa Rosa, Rímac, San Martín de Porres, Los Olivos).
d) Copia DNI del fallecido u otro documento que acredite su nacimiento e inscripción al RENIEC.
La solicitud y declaraciones juradas deben ser originales y sin enmendaduras
A. Solicitud dirigida al/la Director/a Ejecutivo/a de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria con carácter de Declaración Jurada, la cual debe contener, como mínimo, la siguiente información:
1.Nombres y apellidos, número de D.N.I. o Carné de Extranjería o Pasaporte del solicitante, o el
nombre, apellido y número de D.N.I. o Carné de Extranjería o Pasaporte del representante
del Consulado correspondiente.
2.Parentesco con el fallecido.
3.Nombre y apellido, número de D.N.I. o Carné de Extranjería o Pasaporte del fallecido.
4.Domicilio legal del solicitante.
5.Fecha de pago y el número de comprobante del pago por derecho de tramitación.
6.Lugar de destino (Departamento, Provincia, Distrito) del cadáver o los restos humanos.
7.En el caso que:
7.1.El cadáver o resto humano sea inhumado: Nombre del cementerio donde será enterrado.
7.2.El cadáver o resto humano sea cremado: Lugar donde será cremado y destino final
de las cenizas.
B. Copia simple del Carné de Extranjería o Pasaporte del solicitante, según corresponda.
C. En caso que:
1.El trámite lo realice el cónyuge, copia simple de su partida de matrimonio.
2.El trámite lo realice un familiar consanguíneo de hasta el tercer grado: Copia simple de la Partida de
nacimiento u otro documento que acredite grado de parentesco.
3.El trámite no lo realice un familiar consanguíneo de hasta el tercer grado: Declaración jurada del
interesado en el trámite, que acredite que no ha sido posible que un familiar consanguíneo de
hasta el tercer grado haya tramitado la Autorización Sanitaria.
4.El trámite lo realice un representante del Consulado, debido a que el occiso haya sido extranjero
sin familiar en el país, copia del documento emitido por el Consulado, que acredite
su representación.
D. En caso de:
1.Muerte natural, debe presentar copia simple del Certificado de Defunción, debiéndose encontrar
visado por el Consulado Peruano respectivo, para cadáver o resto humano procedente del extranjero.
2.Muerte súbita o violenta, debe presentar copia simple del Certificado de Necropsia de Ley,
expedida por el Médico Legista o Médico del establecimiento de salud autorizado y, si el cadáver
o resto humano será cremado, según sea el caso, copia simple del certificado de la Autorización
Judicial o Fiscal Provincial en caso ingrese a la morgue.
E. En caso de muerte mayor a cuarenta y ocho (48) horas o más, el solicitante debe presentar:
1.Copia simple del Acta de Defunción, expedida por el Registro Nacional de Identificación y
Estado Civil (RENIEC) o la Municipalidad correspondiente.
2.Copia simple del Certificado de Embalsamamiento o de Formolización, suscrito por un
Médico, debiéndose encontrar visado por el Consulado Peruano respectivo, para cadáver o
resto humano procedente del extranjero.
F. De corresponder, adjuntar carta poder simple firmada por el poderdante indicando de manera obligatoria sus nombres, apellidos y número de Documento de Identidad, salvo que se trate de apoderados con poder inscrito en SUNARP, en cuyo caso basta una Declaración Jurada en los mismos términos establecidos para personas jurídicas.
G. En caso de cadáver o resto humano procedente del extranjero: Autorización Sanitaria o documento equivalente del país de procedencia visado por el Consulado Peruano respectivo.
DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS
a) Declaración jurada de la veracidad de los documentos.
b) Declaración jurada de consentimiento de familiares.
c) El lugar de fallecimiento del occiso a ser trasladado debe estar indicado que fue en la jurisdicción de la DIRIS Lima Norte (Distritos de Independencia, Comas, Carabayllo, Puente Piedra, Ancón, Santa Rosa, Rímac, San Martín de Porres, Los Olivos).
d) Copia DNI del fallecido u otro documento que acredite su nacimiento e inscripción al RENIEC.
La solicitud y declaraciones juradas deben ser originales y sin enmendaduras
N° de procedimiento: 171
Denominación del procedimiento: Autorización Sanitaria para Cremación de Cadáver
Denominación del procedimiento: Autorización Sanitaria para Cremación de Cadáver
Requisitos:
A. Solicitud dirigida al/la Director/a Ejecutivo/a de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria con carácter de Declaración Jurada, la cual debe contener, como mínimo, la siguiente información:
1.Nombres y apellidos, número de D.N.I. o Carné de Extranjería o Pasaporte del solicitante,
o el nombre, apellido y número de D.N.I. o Carné de Extranjería o Pasaporte del representante
del Consulado correspondiente.
2.Parentesco con el fallecido.
3.Nombre y apellido, número de D.N.I. o Carné de Extranjería o Pasaporte del fallecido.
4.Domicilio legal del solicitante.
5.Fecha de pago y el número de comprobante del pago por derecho de tramitación.
6.Lugar donde será cremado y destino final de las cenizas.
B. Copia simple del Carné de Extranjería o Pasaporte del solicitante, según corresponda.
C. En caso que:
1.El trámite lo realice el cónyuge, copia simple de su partida de matrimonio.
2.El trámite lo realice un familiar consanguíneo de hasta el tercer grado: Copia simple
de la Partida de nacimiento u otro documento que acredite grado de parentesco.
3.El trámite no lo realice un familiar consanguíneo de hasta el tercer grado: Declaración
jurada del interesado en el trámite, que acredite que no ha sido posible que un familiar
consanguíneo de hasta el tercer grado haya tramitado la Autorización Sanitaria.
4.El trámite lo realice un representante del Consulado, debido a que el occiso haya sido extranjero
sin familiar en el país, copia del documento emitido por el Consulado, que acredite su representación.
A. Solicitud dirigida al/la Director/a Ejecutivo/a de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria con carácter de Declaración Jurada, la cual debe contener, como mínimo, la siguiente información:
1.Nombres y apellidos, número de D.N.I. o Carné de Extranjería o Pasaporte del solicitante,
o el nombre, apellido y número de D.N.I. o Carné de Extranjería o Pasaporte del representante
del Consulado correspondiente.
2.Parentesco con el fallecido.
3.Nombre y apellido, número de D.N.I. o Carné de Extranjería o Pasaporte del fallecido.
4.Domicilio legal del solicitante.
5.Fecha de pago y el número de comprobante del pago por derecho de tramitación.
6.Lugar donde será cremado y destino final de las cenizas.
B. Copia simple del Carné de Extranjería o Pasaporte del solicitante, según corresponda.
C. En caso que:
1.El trámite lo realice el cónyuge, copia simple de su partida de matrimonio.
2.El trámite lo realice un familiar consanguíneo de hasta el tercer grado: Copia simple
de la Partida de nacimiento u otro documento que acredite grado de parentesco.
3.El trámite no lo realice un familiar consanguíneo de hasta el tercer grado: Declaración
jurada del interesado en el trámite, que acredite que no ha sido posible que un familiar
consanguíneo de hasta el tercer grado haya tramitado la Autorización Sanitaria.
4.El trámite lo realice un representante del Consulado, debido a que el occiso haya sido extranjero
sin familiar en el país, copia del documento emitido por el Consulado, que acredite su representación.
D. En caso de:
1.Muerte natural, debe presentar copia simple del Certificado de Defunción.
2.Muerte súbita o violenta, debe presentar copia simple del Certificado de Necropsia de Ley,
expedida por el Médico Legista o Médico del establecimiento de salud autorizado y, si el
cadáver o resto humano será cremado, según sea el caso, copia simple del certificado de
la Autorización Judicial o Fiscal Provincial en caso ingrese a la morgue.
E. En caso de muerte mayor a cuarenta y ocho (48) horas o más, el solicitante debe presentar:
1.Copia simple del Acta de Defunción, expedida por el Registro Nacional de Identificación y
Estado Civil (RENIEC) o la Municipalidad correspondiente.
2.Copia simple del Certificado de Embalsamamiento o de Formolización, suscrito por un Médico.
F. De corresponder, adjuntar carta poder simple firmada por el poderdante indicando de manera obligatoria sus nombres, apellidos y número de Documento de Identidad, salvo que se trate de apoderados con poder inscrito en SUNARP, en cuyo caso basta una Declaración Jurada en los mismos términos establecidos para personas jurídicas.
DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS
a) Declaración jurada de consentimiento de familiares.
b) Declaración jurada de la Veracidad de los Documentos
c) Copia DNI del fallecido u otro documento que acredite su nacimiento) ante RENIEC.
La solicitud y declaraciones juradas deben ser originales y sin enmendaduras.
El crematorio a cargo del procedimiento, debe estar en la jurisdicción de la DIRIS Lima Norte (Distritos de Independencia, Comas, Carabayllo, Puente Piedra, Ancón, Santa Rosa, Rímac, San Martín de Porres, Los Olivos).
1.Muerte natural, debe presentar copia simple del Certificado de Defunción.
2.Muerte súbita o violenta, debe presentar copia simple del Certificado de Necropsia de Ley,
expedida por el Médico Legista o Médico del establecimiento de salud autorizado y, si el
cadáver o resto humano será cremado, según sea el caso, copia simple del certificado de
la Autorización Judicial o Fiscal Provincial en caso ingrese a la morgue.
E. En caso de muerte mayor a cuarenta y ocho (48) horas o más, el solicitante debe presentar:
1.Copia simple del Acta de Defunción, expedida por el Registro Nacional de Identificación y
Estado Civil (RENIEC) o la Municipalidad correspondiente.
2.Copia simple del Certificado de Embalsamamiento o de Formolización, suscrito por un Médico.
F. De corresponder, adjuntar carta poder simple firmada por el poderdante indicando de manera obligatoria sus nombres, apellidos y número de Documento de Identidad, salvo que se trate de apoderados con poder inscrito en SUNARP, en cuyo caso basta una Declaración Jurada en los mismos términos establecidos para personas jurídicas.
DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS
a) Declaración jurada de consentimiento de familiares.
b) Declaración jurada de la Veracidad de los Documentos
c) Copia DNI del fallecido u otro documento que acredite su nacimiento) ante RENIEC.
La solicitud y declaraciones juradas deben ser originales y sin enmendaduras.
El crematorio a cargo del procedimiento, debe estar en la jurisdicción de la DIRIS Lima Norte (Distritos de Independencia, Comas, Carabayllo, Puente Piedra, Ancón, Santa Rosa, Rímac, San Martín de Porres, Los Olivos).
N° de procedimiento: 172
Denominación del procedimiento: Autorización Sanitaria para Exhumación y Traslado de Restos Humanos o Exhumación Traslado y Cremación de Restos Humanos
Denominación del procedimiento: Autorización Sanitaria para Exhumación y Traslado de Restos Humanos o Exhumación Traslado y Cremación de Restos Humanos
Requisitos:
A. Solicitud dirigida al/la Director/a Ejecutivo/a de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria con carácter de Declaración Jurada, la cual debe contener, como mínimo, la siguiente información:
1.Nombres y apellidos, número de D.N.I. o Carné de Extranjería o Pasaporte del
solicitante, o el nombre, apellido y número de D.N.I. o Carné de Extranjería o
Pasaporte del representante del Consulado correspondiente.
A. Solicitud dirigida al/la Director/a Ejecutivo/a de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria con carácter de Declaración Jurada, la cual debe contener, como mínimo, la siguiente información:
1.Nombres y apellidos, número de D.N.I. o Carné de Extranjería o Pasaporte del
solicitante, o el nombre, apellido y número de D.N.I. o Carné de Extranjería o
Pasaporte del representante del Consulado correspondiente.
2.Parentesco con el fallecido.
3.Nombre y apellido, número de D.N.I. o Carné de Extranjería o Pasaporte del fallecido.
4.Domicilio legal del solicitante.
5.Fecha de pago y el número de comprobante del pago por derecho de tramitación.
6.Lugar de destino (Departamento, Provincia, Distrito) del cadáver o los restos humanos.
7. En el caso que:
7.1. El cadáver o resto humano sea inhumado: Nombre del cementerio donde será enterrado.
7.2.El cadáver o resto humano sea cremado: Lugar donde será cremado y destino final de las cenizas.
7.2.El cadáver o resto humano sea cremado: Lugar donde será cremado y destino final de las cenizas.
B. Copia simple del Carné de Extranjería o Pasaporte del solicitante, según corresponda.
C. En caso que:
1.El trámite lo realice el cónyuge, copia simple de su partida de matrimonio.
1.El trámite lo realice el cónyuge, copia simple de su partida de matrimonio.
2.El trámite lo realice un familiar consanguíneo de hasta el tercer grado: Copia simple de
la Partida de nacimiento u otro documento que acredite grado de parentesco.
la Partida de nacimiento u otro documento que acredite grado de parentesco.
3.El trámite no lo realice un familiar consanguíneo de hasta el tercer grado: Declaración jurada
del interesado en el trámite, que acredite que no ha sido posible que un familiar consanguíneo
de hasta el tercer grado haya tramitado la Autorización Sanitaria.
del interesado en el trámite, que acredite que no ha sido posible que un familiar consanguíneo
de hasta el tercer grado haya tramitado la Autorización Sanitaria.
4.El trámite lo realice un representante del Consulado, debido a que el occiso haya sido extranjero
sin familiar en el país, copia del documento emitido por el Consulado, que acredite su representación.
sin familiar en el país, copia del documento emitido por el Consulado, que acredite su representación.
D. Copia simple del certificado de defunción.
E. En caso la exhumación y traslado tenga por finalidad la cremación, se requiere adicionalmente copia de la Autorización Judicial o Fiscal Provincial para cremación.
F. Copia simple de constancia de ubicación del cadáver o los restos, expedida por el cementerio correspondiente.
G. De corresponder, adjuntar carta poder simple firmada por el poderdante indicando de manera obligatoria sus nombres, apellidos y número de Documento de Identidad, salvo que se trate de apoderados con poder inscrito en SUNARP, en cuyo caso basta una Declaración Jurada en los mismos términos establecidos para personas jurídicas.
DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS
a) Declaración jurada de consentimiento de familiares.
b) Declaración jurada de la Veracidad de los Documentos
c) Copia DNI del fallecido u otro documento que acredite su nacimiento) ante RENIEC.
La solicitud y declaraciones juradas deben ser originales y sin enmendaduras.
La constancia de ubicación de los restos del cementerio que va a exhumar, debe estar en la jurisdicción de la DIRIS Lima Norte (Distritos de Independencia, Comas, Carabayllo, Puente Piedra, Ancón, Santa Rosa, Rímac, San Martín de Porres, Los Olivos).
N° de procedimiento: 173
Denominación del procedimiento: Autorización Sanitaria para Inhumación de Cadáver por Vencimiento de Plazo de Ley
b) Declaración jurada de la Veracidad de los Documentos
c) Copia DNI del fallecido u otro documento que acredite su nacimiento) ante RENIEC.
La solicitud y declaraciones juradas deben ser originales y sin enmendaduras.
La constancia de ubicación de los restos del cementerio que va a exhumar, debe estar en la jurisdicción de la DIRIS Lima Norte (Distritos de Independencia, Comas, Carabayllo, Puente Piedra, Ancón, Santa Rosa, Rímac, San Martín de Porres, Los Olivos).
N° de procedimiento: 173
Denominación del procedimiento: Autorización Sanitaria para Inhumación de Cadáver por Vencimiento de Plazo de Ley
Requisitos:
A. Solicitud dirigida al/la Director/a Ejecutivo/a de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria con carácter de Declaración Jurada, la cual debe contener, como mínimo, la siguiente información:
1.Nombres y apellidos, número de D.N.I. o Carné de Extranjería o Pasaporte del solicitante, o el
nombre, apellido y número de D.N.I. o Carné de Extranjería o Pasaporte del representante del
Consulado correspondiente.
A. Solicitud dirigida al/la Director/a Ejecutivo/a de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria con carácter de Declaración Jurada, la cual debe contener, como mínimo, la siguiente información:
1.Nombres y apellidos, número de D.N.I. o Carné de Extranjería o Pasaporte del solicitante, o el
nombre, apellido y número de D.N.I. o Carné de Extranjería o Pasaporte del representante del
Consulado correspondiente.
2.Parentesco con el fallecido.
3.Nombre y apellido, número de D.N.I. o Carné de Extranjería o Pasaporte del fallecido.
4.Domicilio legal del solicitante.
5.Fecha de pago y el número de comprobante del pago por derecho de tramitación.
6.Nombre del cementerio en donde será enterrado.
B. Copia simple del Carné de Extranjería o Pasaporte del solicitante, según corresponda.
C. En caso que:
1.El trámite lo realice el cónyuge, copia simple de su partida de matrimonio.
1.El trámite lo realice el cónyuge, copia simple de su partida de matrimonio.
2.El trámite lo realice un familiar consanguíneo de hasta el tercer grado: Copia simple de
la Partida de nacimiento u otro documento que acredite grado de parentesco.
la Partida de nacimiento u otro documento que acredite grado de parentesco.
3.El trámite no lo realice un familiar consanguíneo de hasta el tercer grado: Declaración
jurada del interesado en el trámite, que acredite que no ha sido posible que un familiar
consanguíneo de hasta el tercer grado haya tramitado la Autorización Sanitaria.
jurada del interesado en el trámite, que acredite que no ha sido posible que un familiar
consanguíneo de hasta el tercer grado haya tramitado la Autorización Sanitaria.
4.El trámite lo realice un representante del Consulado, debido a que el occiso haya sido
extranjero sin familiar en el país, copia del documento emitido por el Consulado, que
acredite su representación.
extranjero sin familiar en el país, copia del documento emitido por el Consulado, que
acredite su representación.
D. En caso de:
1. Muerte natural, debe presentar copia simple del Certificado de Defunción.
2.Muerte súbita o violenta, debe presentar copia simple del Certificado de Necropsia de Ley,
expedida por el Médico Legista o Médico del establecimiento de salud autorizado.
1. Muerte natural, debe presentar copia simple del Certificado de Defunción.
2.Muerte súbita o violenta, debe presentar copia simple del Certificado de Necropsia de Ley,
expedida por el Médico Legista o Médico del establecimiento de salud autorizado.
E. Copia simple del Certificado de Embalsamamiento o de Formolización, suscrito por un Médico.
F. De corresponder, adjuntar carta poder simple firmada por el poderdante indicando de manera obligatoria sus nombres, apellidos y número de Documento de Identidad, salvo que se trate de apoderados con poder inscrito en SUNARP, en cuyo caso basta una Declaración Jurada en los mismos términos establecidos para personas jurídicas.
DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS
a) Declaración jurada de consentimiento de familiares.
b) Declaración jurada de la Veracidad de los Documentos
c) Copia DNI del fallecido u otro documento que acredite su nacimiento) ante RENIEC.
La solicitud y declaraciones juradas deben ser originales y sin enmendaduras.
d) El Cementerio donde será Inhumado debe estar en la Jurisdicción de la DIRIS Lima Norte (Distritos de Independencia, Comas, Carabayllo, Puente Piedra, Ancón, Santa Rosa, Rímac, San Martín de Porres, Los Olivos)
(La solicitud y declaraciones juradas deben ser originales y sin enmendaduras)
b) Declaración jurada de la Veracidad de los Documentos
c) Copia DNI del fallecido u otro documento que acredite su nacimiento) ante RENIEC.
La solicitud y declaraciones juradas deben ser originales y sin enmendaduras.
d) El Cementerio donde será Inhumado debe estar en la Jurisdicción de la DIRIS Lima Norte (Distritos de Independencia, Comas, Carabayllo, Puente Piedra, Ancón, Santa Rosa, Rímac, San Martín de Porres, Los Olivos)
(La solicitud y declaraciones juradas deben ser originales y sin enmendaduras)
N° de procedimiento: 179
Denominación del procedimiento: a. Registro de Sistema de Abastecimiento de Agua
Requisitos:
1. Solicitud dirigida al/la Director/a Ejecutivo/a de Salud Ambiental de la DIRIS con carácter de Declaración Jurada, que contenga Nº de RUC, día de pago y constancia de pago.
1. Solicitud dirigida al/la Director/a Ejecutivo/a de Salud Ambiental de la DIRIS con carácter de Declaración Jurada, que contenga Nº de RUC, día de pago y constancia de pago.
2. Informe de la fuente de agua del sistema de abastecimiento, el cual deberá incluir la calidad físico-química, bacteriológica y parasitológica expedido por un Laboratorio acreditado; caudal promedio y tipo de captación. El documento técnico deberá ser suscrito por el Ingeniero Especializado en tratamiento de agua otorgado por una universidad y/o experiencia acreditada.
3. Memoria descriptiva del sistema de abastecimiento del agua para consumo humano, el cual describirá por lo menos los componentes del sistema, distinguiendo el tratamiento de la distribución; población atendida; tipos de suministro; conexiones prediales, piletas, surtidores u otros; cobertura; continuidad del servicio y calidad del agua suministrada. El documento técnico deberá ser suscrito por el Ingeniero Sanitario Colegiado o Ingeniero Colegiado habilitado de otra especialidad a fin con especialización en tratamiento de agua otorgado por una universidad y/o experiencia acreditada.
N° de procedimiento: 180
Denominación del procedimiento: Registro de fuentes de Agua para consumo humano
Requisitos:
1. Solicitud dirigida al/la Director/a Ejecutivo/a de Salud Ambiental de la DIRIS, con carácter de declaración jurada, que contenga el número de Registro Único del Contribuyente (RUC), además el día de pago y el número de constancia de pago
1. Solicitud dirigida al/la Director/a Ejecutivo/a de Salud Ambiental de la DIRIS, con carácter de declaración jurada, que contenga el número de Registro Único del Contribuyente (RUC), además el día de pago y el número de constancia de pago
2. Copia simple de Licencia de uso de agua, emitida por el sector correspondiente.
3. Estudio de factibilidad de fuentes de agua, el que deberá ser suscrito por el Ingeniero Sanitario Colegiado o Ingeniero Colegiado habilitado de otra especialidad a fin con especialización en tratamiento de agua otorgado por una universidad y/o experiencia acreditada.
4. Caracterización de la calidad física, química, microbiológica y parasitológica de la fuente del agua seleccionada, sustentada con los respectivos análisis emitidos por un laboratorio acreditado en los métodos de análisis de agua para consumo humano.
N° de procedimiento: 181
Denominación del procedimiento: Autorización Sanitaria de Estaciones de Surtidores y proveedores mediante camiones cisterna u otros medios en condiciones especiales de distribución del Agua para consumo Humano
Requisitos:
I. Para Estación de Surtidores:
I. Para Estación de Surtidores:
1. Solicitud dirigida al/la Director/a Ejecutivo/a de Salud Ambiental de la DIRIS, con
carácter de declaración jurada, que contenga el número de Registro Único del
Contribuyente (RUC). además, el día de pago y el número de constancia de pago.
carácter de declaración jurada, que contenga el número de Registro Único del
Contribuyente (RUC). además, el día de pago y el número de constancia de pago.
2. Caracterización del agua que suministra la estación de surtidor, la que deberá incluir
parámetros del Anexo I (todos, excepto virus), II y III (sólo inorgánicos) del reglamento
de la calidad de agua para consumo humano, sustentado a través de ensayo de laboratorio
acreditado por el Instituto Nacional de Calidad (INACAL) o de Laboratorio de control
de calidad del proveedor, siempre que cumpla con las características del artículo 72° del
Decreto Supremo N°031-2010-SA.
parámetros del Anexo I (todos, excepto virus), II y III (sólo inorgánicos) del reglamento
de la calidad de agua para consumo humano, sustentado a través de ensayo de laboratorio
acreditado por el Instituto Nacional de Calidad (INACAL) o de Laboratorio de control
de calidad del proveedor, siempre que cumpla con las características del artículo 72° del
Decreto Supremo N°031-2010-SA.
3. Copia Simple del Documento que acredite la propiedad o posesión del terreno donde
se realizará la extracción del agua. (título de propiedad o contrato de arrendamiento).
se realizará la extracción del agua. (título de propiedad o contrato de arrendamiento).
4. Memoria descriptiva que detalle las características de la estación de surtidor,
instalaciones y equipamiento.
instalaciones y equipamiento.
Copia Simple de la Licencia de Uso de la Fuente de agua, otorgada por la autoridad competente.
El documento técnico deberá ser suscrito por el Ingeniero Sanitario Colegiado o Ingeniero Colegiado habilitado de otra especialidad afín con especialización en tratamiento de agua otorgado por una universidad y/o experiencia acreditada.
II. Para Camiones Cisterna:
1. Solicitud dirigida al/la Director/a Ejecutivo/a de Salud Ambiental de la DIRIS con carácter
de declaración jurada, que contenga el número de Registro Único del Contribuyente (RUC),
además el día de pago y el número de constancia de pago.
de declaración jurada, que contenga el número de Registro Único del Contribuyente (RUC),
además el día de pago y el número de constancia de pago.
2.Copia simple de la Tarjeta de Propiedad del Camión Cisterna que suministra agua para
consumo humano de manera exclusiva.
consumo humano de manera exclusiva.
3.Copia simple del documento de identificación del propietario del camión cisterna.
4.Listado de las zonas de abastecimiento del agua del camión cisterna, asignadas por la
EPS de Saneamiento y/o el municipio.
EPS de Saneamiento y/o el municipio.
5.Memoria descriptiva del recorrido de ruta de abastecimiento de agua.
6.Copia simple del certificado de limpieza y desinfección del tanque de camión cisterna,
vigente, otorgado por una empresa de saneamiento ambiental autorizada por el Ministerio de Salud.
vigente, otorgado por una empresa de saneamiento ambiental autorizada por el Ministerio de Salud.
N° de procedimiento: 185
Denominación del procedimiento: Inspección Técnica por inicio de actividades de Empresas de Saneamiento Ambiental
Requisitos:
1. Solicitud de Inspección Técnica por Inicio de Actividades dirigida al/la Director/a Ejecutivo/a de Salud Ambiental de la DIRIS, con carácter de declaración jurada, que contenga el número de Registro Único del Contribuyente (RUC) y número de Licencia de Funcionamiento otorgado por la Municipalidad correspondiente, firmada por el representante legal y por el Director Técnico responsable, además el día de pago y el número de constancia de pago.
1. Solicitud de Inspección Técnica por Inicio de Actividades dirigida al/la Director/a Ejecutivo/a de Salud Ambiental de la DIRIS, con carácter de declaración jurada, que contenga el número de Registro Único del Contribuyente (RUC) y número de Licencia de Funcionamiento otorgado por la Municipalidad correspondiente, firmada por el representante legal y por el Director Técnico responsable, además el día de pago y el número de constancia de pago.
2. Copia simple de la Escritura Pública de Constitución de Empresa.
3. Memoria Descriptiva de Procedimientos (Condiciones del local, Vestimenta e indumentaria de protección del personal, Traslado de personal, equipo e insumos, Responsabilidades del director técnico, Capacitación del personal, Evaluación técnica, Lugar de preparación de las sustancias químicas, procedimiento por actividad, entre otros).
N° de procedimiento: 186
Denominación del procedimiento: Certificación de Aprobación de Proyectos de piscinas públicas y privadas de uso colectivo
Requisitos:
1. Solicitud dirigida al/la Director/a Ejecutivo/a de Salud Ambiental de la DIRIS, con carácter de declaración jurada, que contenga el número de Registro Único del Contribuyente (RUC), además el día de pago y el número de constancia de pago.
1. Solicitud dirigida al/la Director/a Ejecutivo/a de Salud Ambiental de la DIRIS, con carácter de declaración jurada, que contenga el número de Registro Único del Contribuyente (RUC), además el día de pago y el número de constancia de pago.
2. Memoria descriptiva. (Diseño, Construcción, Instalaciones Sanitarias Y Otros Servicios)
3. Copia simple del Plano de Ubicación y Arquitectura, incluyendo cortes y detalles de las instalaciones de la piscina.
4. Copia simple de los planos de las Instalaciones Sanitarias, vista en planta, secciones y detalles de la piscina y accesorios, y el isométrico del equipo de re circulación.
5. Manual de operación y mantenimiento de la piscina.
6. Especificaciones técnicas del sistema de re circulación a utilizar.
N° de procedimiento: 187
Denominación del procedimiento: Autorización sanitaria o renovación de Autorización sanitaria para:
a) Clínicas veterinarias, centro de experimentación donde se realicen investigaciones con canes
b) Establecimientos de crianza, atención, comercialización y albergues de canes.
Requisitos:
1. Solicitud dirigida al/la Director/a Ejecutivo/a de Salud Ambiental de la DIRIS, con carácter de declaración jurada que contenga el número de Registro Único del Contribuyente (RUC), firmada por el representante legal y por el Médico Veterinario Jefe, además el día de pago y el número de constancia de pago.
1. Solicitud dirigida al/la Director/a Ejecutivo/a de Salud Ambiental de la DIRIS, con carácter de declaración jurada que contenga el número de Registro Único del Contribuyente (RUC), firmada por el representante legal y por el Médico Veterinario Jefe, además el día de pago y el número de constancia de pago.
2. Programa de higiene y saneamiento del establecimiento. (procedimiento de indumentaria del personal integrante, procedimiento de capacitaciones en higiene saneamiento y control de plagas para el personal, procedimiento de lavado de manos del personal, procedimiento de higiene de áreas de la veterinaria, procedimiento de higiene de equipos de la veterinaria, procedimiento de control preventivo de vectores y roedores, procedimiento de manejo de residuos sólidos según la segregación establecida)
3. Programa de bioseguridad para la prevención de enfermedades transmisibles, refrendado por el Médico Veterinario Jefe. (procedimiento de indumentaria de bioseguridad del personal integrante, procedimiento de capacitaciones en bioseguridad, procedimiento de lavado de manos para bioseguridad del personal de la veterinaria, esquema de las inmunizaciones del personal que realiza atención directa a canes y felinos, procedimiento de manejo de residuos sólidos peligrosos punzocortantes biocontaminados, procedimiento de manejo de residuos sólidos biocontaminados, procedimiento de esterilización de instrumentos, equipos y materiales para cirugía veterinaria, procedimiento de conservación de la cadena de frio para los biológicos para inmunización de animales atendidos en veterinarias.)
FORMATOS
Formato: 170
Tipo de procedimiento: Autorización sanitaria para traslado de cadáver
Formato: 171
Tipo de procedimiento: Autorización sanitaria para cremación de cadáver
Formato: 172
Tipo de procedimiento: Autorización sanitaria par Exhumación y Traslado de Restos Humanos o Exhumación Traslado y Cremación de Restos Humanos
Formato: 173
Tipo de procedimiento: Autorización sanitaria para inhumación de cadáver por vencimiento de plazo de ley
Formato: 179
Tipo de procedimiento: Registro de Sistema de Abastecimiento de Agua
Formato: 180
Tipo de procedimiento: Registro de fuentes de Agua para consumo humano
Formato: 181
Tipo de procedimiento: Autorización Sanitaria de Estaciones de Surtidores y proveedores mediante camiones cisterna u otros medios en condiciones especiales de distribución del Agua para consumo Humano
Formato: 185
Tipo de procedimiento: Inspección Técnica por inicio de actividades de Empresas de Saneamiento Ambiental
Formato: 186
Tipo de procedimiento: Certificación de Aprobación de Proyectos de piscinas públicas y privadas de uso colectivo
Formato: 187
Tipo de procedimiento: Autorización sanitaria o renovación de Autorización sanitaria para:
a) Clínicas veterinarias, centro de experimentación donde se realicen investigaciones con canes
b) Establecimientos de crianza, atención, comercialización y albergues de canes
Formato: Declaración Jurada
Tipo de procedimiento: Declaración Jurada de Consentimiento Familiar
Formato: Declaración Jurada
Tipo de procedimiento: Declaración Jurada de Autenticidad de Documentos
PAGOS POR DERECHO Y PRESENTACION DE EXPEDIENTES
PAGOS POR DERECHO Y PRESENTACIÓN DE EXPEDIENTES TUPA
PAGOS POR DERECHO DE TRAMITACIÓN DE PROCEDIMIENTOS TUPA
La cancelación por Derecho de Pago que tienen los procedimientos estipulados en el TUPA del MINSA y las multas, se abonarán a la CUENTA CORRIENTE DE LA DIRIS LIMA NORTE N° 00-068-371767 EN EL BANCO DE NACIÓN.
PAGOS POR DERECHO DE TRAMITACIÓN DE PROCEDIMIENTOS TUPA
La cancelación por Derecho de Pago que tienen los procedimientos estipulados en el TUPA del MINSA y las multas, se abonarán a la CUENTA CORRIENTE DE LA DIRIS LIMA NORTE N° 00-068-371767 EN EL BANCO DE NACIÓN.
Con el comprobante de pago original (correspondiente al procedimiento), se debe presentar el expediente y demás requisitos, si fuese el caso, en la Oficina de Trámite Documentario.
PAGOS POR DERECHO DE TRAMITACIÓN DE PROCEDIMIENTOS TUPA
Los expedientes para solicitud de Registro, Autorización, Inspección y/o Certificación Sanitaria que tramiten los Propietarios, Representantes Legales, Directores Técnicos, entre otros, deben ser presentados en la Oficina de Trámite Documentario – Sede Rímac, ubicado en Av. Próceres Nº 1051, Piso 2 – Rímac, (C.S. Caquetá, frente a la Estación Parque del Trabajo, del Metropolitano), de lunes a viernes en el horario de 8.00 a 13.00 horas y de 14.00 a 16.00 horas.
PAGOS POR DERECHO DE TRAMITACIÓN DE PROCEDIMIENTOS TUPA
Los expedientes para solicitud de Registro, Autorización, Inspección y/o Certificación Sanitaria que tramiten los Propietarios, Representantes Legales, Directores Técnicos, entre otros, deben ser presentados en la Oficina de Trámite Documentario – Sede Rímac, ubicado en Av. Próceres Nº 1051, Piso 2 – Rímac, (C.S. Caquetá, frente a la Estación Parque del Trabajo, del Metropolitano), de lunes a viernes en el horario de 8.00 a 13.00 horas y de 14.00 a 16.00 horas.
Teléfono: 219-5050, Anexo 219 – 244 ó 247.
ÁMBITO JURISDICCIONAL DE LA DIRIS LIMA NORTE
Comprende a los establecimientos ubicados en los distritos de: Ancón, Carabayllo, Comas, Independencia, Los Olivos, Puente Piedra, Rímac, San Martín de Porres y Santa Rosa.
ÁMBITO JURISDICCIONAL DE LA DIRIS LIMA NORTE
Comprende a los establecimientos ubicados en los distritos de: Ancón, Carabayllo, Comas, Independencia, Los Olivos, Puente Piedra, Rímac, San Martín de Porres y Santa Rosa.
NORMAS LEGALES
LEY 26842. LEY GENERAL DE SALUD
-Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, Decreto Supremo que Aprueba la Ley N° 27444. Ley de Procedimiento Administrativo General, y sus modificatorias (publicado el (20.03.2017).
-D.S. N° 001-2016-SA. Aprueban TUPA del Ministerio de Salud y sus Órganos Desconcentrados; y sus modificatorias.
-D.S. N° 031-2010-SA, Reglamento de la Calidad de Agua para Consumo Humano, del 26/09/10.
-Ley Nº 26298, Ley de Cementerios y Servicios Funerarios, del 28/03/94
-Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, del 23/04/01, modificado por el Decreto Legislativo N° 1078, del 28/06/08
-D.S. Nº 03-94-SA, Reglamento de la Ley de Cementerios y Servicios Funerarios, del 12/10/94.
-Ley N° 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, del 04/02/07
-D.S. Nº 022-2001-SA, Reglamento Sanitario para las Actividades de Saneamiento Ambiental en Viviendas y Establecimientos Comerciales, Industriales y de Servicios, del 18/07/01.
-D.S. Nº 007-2003-SA, Reglamento Sanitario de Piscinas, del 03/04/03.
-Ley Nº 27596, Ley que Regula el Régimen Jurídico de Canes, del 14/12/01.
-D.S. Nº 006-2002-SA, Reglamento de la Ley que Regula el Régimen Jurídico de Canes, Artículo 13° y 14° modificados por la R.M. Nº 841-2003-SA/DM, del 24/07/03.