Resolución Administrativa N.° 000539-2025-OGRH-DA

RECTIFICAR de oficio el error material contenido en el tercer párrafo de la parte considerativa de las resoluciones administrativas

16 de julio de 2025

RECTIFICAR de oficio el error material contenido en el tercer párrafo de la parte considerativa de las resoluciones administrativas detalladas a continuación:
DICE: “Que, el Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia del Personal del Ministerio de Salud, aprobado con Resolución Ministerial N°0132-92-SA-P, en su artículo 26° establece que cuando se trata de enfermedad común el trabajador debe adjunta el certificado del médico, correspondiendo a la dependencia médica al pago de los veinte (20) primeros días, y a partir del vigésimo primer (21) día siguiente con subsidio a cargo de EsSalud;” DEBE DECIR: “Que, por otro lado mencionar que, el literal a) del artículo 110 del Reglamento de la Ley de Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº005-90-PCM, dispone que las licencias entre otros por enfermedad a que tienen derecho los funcionarios y servidores son con goce de remuneraciones (los primeros 20 días), las que suspenden temporalmente la prestación de servicio, mientras la entidad está obligada a pagarles las remuneraciones y demás beneficios que les correspondan por el periodo de duración de la licencia
Vista preliminar de documento RESOLUCION ADMINISTRATIVA-000539-2025-OGRH-DA

RESOLUCION ADMINISTRATIVA-000539-2025-OGRH-DA

PDF
388.2 KB