Resolución Directoral N.° 137-2026-DG-DIRIS-LC

19 de febrero de 2026

Artículo 1.- NOMBRAR, a partir de la fecha de emisión de la presente resolución, en la Unidad Ejecutora 143 - 1683: Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro, al personal de la salud comprendido en el Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que Regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, en el marco de lo dispuesto en el literal n) del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, conforme se detalla a continuación:

Tabla Adjunta

Artículo 3.- PRECISAR que el personal de la salud a que se refiere el artículo precedente, debe asumir funciones en condición de nombrado a más tardar a los cinco (05) días hábiles de notificada la presente Resolución Directoral. Para tal efecto, el personal asistencial debe presentarse ante el jefe del órgano, unidad orgánica, oficina o establecimiento de salud de la unidad ejecutora o quien haga sus veces, en la que fue nombrado. En caso de no presentarse en el plazo previsto ante el jefe del establecimiento, o quien haga sus veces, el titular de la unidad ejecutora deja sin efecto la resolución de nombramiento.

Artículo 4.- PRECISAR que, el personal nombrado en la presente resolución debe formalizar la extinción de su vínculo laboral mediante la renuncia correspondiente conforme al artículo 10 del Decreto Legislativo N° 1057, previo a la asunción del cargo indicado en la resolución de nombramiento, debiendo la entidad efectuar la respectiva liquidación del pago por extinción del contrato administrativo de servicios.

Artículo 5.- DISPONER que el personal de la salud que se detalla en el Anexo de la presente Resolución Directoral no podrá desplazarse a otra entidad o establecimiento de salud durante los cinco (05) años siguientes al nombramiento, salvo excepciones detalladas en la tercera disposición complementaria final de los Lineamientos, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2023/SA.

Artículo 6.- DISPONER a la Oficina de Gestión de Recursos Humanos realizar la notificación de la presente resolución directoral al personal de la salud señalado en el Anexo a que se refiere el artículo 1, dentro del plazo de tres (03) días hábiles de emitido el acto resolutivo; así como a las Direcciones, Oficinas, Unidades Funcionales y demás instancias que resulten pertinentes.

Artículo 7.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro.

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