Resolución Administrativa N.° 179-2026-DMID-DIRIS-LC

6 de febrero de 2026

ARTICULO PRIMERO.- IMPONER SANCIÓN DE MULTA ascendente a 2.5 UNIDAD IMPOSITIVA TRIBUTARIA - UIT al establecimiento BOTICA BIOSALUD, con RUC N° 10426088016, ubicado en Sv. z. Q7 lote 4 Urb. Programa Ciudad Mariscal Cáceres Sector III – 4ta, en el distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, por los fundamentos expuestos en la presente resolución; en condición de atenuantes;

ARTICULO SEGUNDO.- Notificar al administrado en el domicilio Sv. Mz. Q7 lote 4 Urb. Programa Ciudad Mariscal Cáceres Sector III – 4ta, en el distrito de San Juan de Lurigancho y señalar que contra la presente resolución proceden los recursos administrativos señalados por Ley; asimismo informar que el pago de la multa será requerido una vez que la resolución que impone la sanción quede firme. El Administrado podrá acogerse al pago del 50% de la obligación siempre que lo efectúe dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de notificada, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.1.6 de la Directiva Administrativa N° 003-DIRIS-LC/DA-OT-2025-V01, a la cuenta bancaria del Banco de la Nación N° 00068372046 a nombre de la DIRIS Lima Centro.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Administrativas - DMID

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R.A. N°0179-2026-DMID-DIRIS-LC

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