Resolución Administrativa N.° 131-2026-DMID-DIRIS-LC

28 de enero de 2026

ARTÍCULO PRIMERO.- Imponer SANCIÓN DE MULTA ascendente a 0.5 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) al establecimiento farmacéutico de clase Botica, con nombre comercial BOTICA BUEN SAMARITANO, de propiedad de CÓRDOVA MERCADO SEGUNDO ELÍAS, con RUC N° 10083031200, ubicado en Jr. Amazonas N° 224, Urb. Caja de Agua, en el distrito de San Juan de Lurigancho; por los fundamentos expuestos.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Notificar al administrado en el domicilio ubicado en Jr. Amazonas N° 224, Urb. Caja de Agua, en el distrito de San Juan de Lurigancho, y señalar que contra la presente resolución proceden los recursos administrativos señalados por ley; asimismo, informar que el pago de la multa será requerido una vez que la resolución que impone la sanción quede firme. El administrado podrá acogerse al pago del 50% de la obligación siempre que lo efectúe dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de notificada, conforme a lo dispuesto en la Directiva Administrativa N° 003-DIRIS-LC/DA-OT-2025-V.01, a la cuenta del Banco de la Nación N° 00068372046, a nombre de la DIRIS Lima Centro.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Administrativas - DMID

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R.A. N°0131-2026-DMID-DIRIS-LC

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