Resolución Administrativa N.° 0017-2024-DSAIA-DIRIS-LC

3 de enero de 2026

Artículo 1°.- DECLARAR FUNDADA la solicitud del establecimiento veterinario ERAGAR INVERSIONES S.A.C., RUC N° 20610702024, ubicado en Jirón Julio C. Tello 175, distrito de Lince, provincia y departamento de Lima, representado por Arturo ERAZO Garrido, con DNI N° 07497151, ubicado en Calle Ravel 196 Dpto. 102. San Borja, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima, a cargo del Médico Veterinario Jefe JOSÉ FRANCISCO RUBIO LEÓN, Registro del CMVP 12271 DEBIÉNDOSE OTORGAR LA AUTORIZACIÓN SANITARIA PARA ESTABLECIMIENTO DE ATENCION DE CANES.

Artículo 2°.- La presente autorización tiene calidad de título habilitante de vigencia indeterminada, salvo que la ley especial señale un plazo determinado de vigencia. Cuando la autoridad compruebe el cambio de las condiciones indispensables para su obtención, previa fiscalización, podrá dejar sin efecto el título habilitante, de conformidad con lo previsto en el artículo 42 del TUO de la Ley N° 27444.

Artículo 3°.- Dentro de los alcances del artículo 18 del D.S N°006-2002-SA, que aprueba el Reglamento de la Ley que regula el Régimen Jurídico de Canes, disponer a la parte administrada la presentación mensual de la información pertinente, ante la Dirección de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria de la DIRIS Lima Centro, debiendo ser remitida a través del siguiente Link: http://app2.dirislimacentro.gob.pe/dsaia

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones - Direccion de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria (DSAIA)

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R.A N° 0017-2024-DSAIA-DIRIS-LC

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