Resolución Administrativa N.° 062-2026-DMID-DIRIS-LC
19 de enero de 2026
ARTÍCULO PRIMERO.- IMPONER SANCIÓN DE MULTA ascendente a DIEZ (10) UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS – UIT al establecimiento farmacéutico de nombre comercial BOTICA FARMAFE, de propiedad de OROYA ÑAUPA MARITZA MELIZA, con RUC N° 10479407351, ubicado en Av. Canto Grande N° 3818, A.H. Jesús Oropeza Chonta, en el distrito de San Juan de Lurigancho.
ARTÍCULO SEGUNDO.- NOTIFICAR al administrado en el domicilio ubicado en Asoc. Santa Rosa Unida Anex. 22, Mz. HB, Lt. 14, en el distrito de San Antonio de Huarochirí, y señalar que contra la presente resolución proceden los recursos administrativos señalados por ley; asimismo, informar que el pago de la multa será requerido una vez que la resolución que impone la sanción quede firme. El Administrado podrá acogerse al pago del 50% de la obligación siempre que lo efectúe dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de notificada, conforme a lo dispuesto en la Directiva Administrativa N° 003-DIRIS-LC/DA-OT-2025-V.01, a la cuenta del Banco de la Nación N° 00068372046, a nombre de la DIRIS Lima Centro.
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