Resolución Administrativa N.° 060-2026-DMID-DIRIS-LC
16 de enero de 2026
ARTÍCULO PRIMERO.- IMPONER SANCIÓN DE MULTA ascendente a DOS (2) UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS – UIT al establecimiento farmacéutico de clase BOTICA, con nombre comercial MIFARMA, con razón social MIFARMA S.A.C., representado legalmente por ALFARO GARRATH LUIS FELIPE, con RUC N° 20512002090, ubicado en Av. General Garzón N° 800, Esq. Jr. Nazca, en el distrito de Jesús María.
ARTÍCULO SEGUNDO.- NOTIFICAR al administrado en el domicilio ubicado en Av. General Garzón N° 800, Esq. Jr. Nazca, en el distrito de Jesús María, y/o al correo electrónico regulatorio@farmaciasperuanas.pe
, y señalar que contra la presente resolución proceden los recursos administrativos señalados por ley; asimismo, informar que el pago de la multa será requerido una vez que la resolución que impone la sanción quede firme. El administrado podrá acogerse al pago del 50% de la obligación siempre que lo efectúe dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de notificada, conforme a lo dispuesto en la Directiva Administrativa N° 003-DIRIS-LC/DA-OT-2025-V.01, a la cuenta del Banco de la Nación N° 00068372046, a nombre de la DIRIS Lima Centro.
, y señalar que contra la presente resolución proceden los recursos administrativos señalados por ley; asimismo, informar que el pago de la multa será requerido una vez que la resolución que impone la sanción quede firme. El administrado podrá acogerse al pago del 50% de la obligación siempre que lo efectúe dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de notificada, conforme a lo dispuesto en la Directiva Administrativa N° 003-DIRIS-LC/DA-OT-2025-V.01, a la cuenta del Banco de la Nación N° 00068372046, a nombre de la DIRIS Lima Centro.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Administrativas - DMID
