Resolución Administrativa N.° 028-2026-DMID-DIRIS-LC

12 de enero de 2026

ARTÍCULO PRIMERO.- IMPONER SANCIÓN DE MULTA ascendente a UNA (1) UNIDAD IMPOSITIVA TRIBUTARIA – UIT al establecimiento farmacéutico de clase BOTICA, con nombre comercial BOTICA INKAFARMA, con razón social BOTICAS IP S.A.C., representado legalmente por CRIBILLERO ALDANA CECILIA DEL CARMEN, con RUC N° 20608430301, ubicado en Av. San Luis N° 1629, en el distrito de San Borja.

ARTÍCULO SEGUNDO.- NOTIFICAR al administrado en el domicilio ubicado en Av. San Luis N° 1629, en el distrito de San Borja, y/o al correo electrónico regulatorio@farmaciasperuanas.pe
, y señalar que contra la presente resolución proceden los recursos administrativos señalados por ley; asimismo, informar que el pago de la multa será requerido una vez que la resolución que impone la sanción quede firme. El administrado podrá acogerse al pago del 50% de la obligación siempre que lo efectúe dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de notificada, conforme a lo dispuesto en la Directiva Administrativa N° 003-DIRIS-LC/DA-OT-2025-V.01, a la cuenta del Banco de la Nación N° 00068372046, a nombre de la DIRIS Lima Centro.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Administrativas - DMID

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R.A. N°0028-2026-DMID-DIRIS-LC

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