Resolución Administrativa N.° 564-2025-DSAIA-DIRIS-LC
11 de setiembre de 2025
Artículo 1°.- DECLARAR PROCEDENTE la solicitud formulada por ROCIO LECIT ZAMORA BALDARAGO, identificado (a) con DNI N° 41634700, representante legal de la empresa ZAMORA BALDARAGO ROCIO LECIT, con RUC N° 10416347005, propietario (a) del vehículo de Placa de Rodaje N° A0O-917, mediante el cual solicita la Autorización Sanitaria de Proveedores mediante Camiones Cisterna de Distribución de Agua para Consumo Humano.
Artículo 2°.- OTORGAR la Autorización Sanitaria de Proveedores mediante Camiones Cisterna de Distribución de Agua para Consumo Humano, al vehículo de Placa de Rodaje N° A0O-917, inscrita en la Partida Registral: 51554160, Título: 2025-2108432, Categoría: N3, Año de Fabricación: 2008, Marca: VOLKSWAGEN, Color: BLANCO CELESTE, Carga Útil: 8.500, Longitud: 9.10, Altura: 2.90 y Ancho: 2.20, la cual se abastecerá y distribuirá conforme a lo declarado en su memoria descriptiva.
Artículo 3°.- La presente autorización tiene una vigencia de dos (02) años a partir de la fecha de su otorgamiento.
Artículo 4°.- El proveedor de agua para consumo humano mediante Camiones Cisterna se obliga a cumplir con las condiciones señaladas en la NTS N° 166-2020/MINSA, quedando sujeto al control y vigilancia.
Artículo 5°.- NOTIFICAR al administrado conforme a Ley.
Artículo 2°.- OTORGAR la Autorización Sanitaria de Proveedores mediante Camiones Cisterna de Distribución de Agua para Consumo Humano, al vehículo de Placa de Rodaje N° A0O-917, inscrita en la Partida Registral: 51554160, Título: 2025-2108432, Categoría: N3, Año de Fabricación: 2008, Marca: VOLKSWAGEN, Color: BLANCO CELESTE, Carga Útil: 8.500, Longitud: 9.10, Altura: 2.90 y Ancho: 2.20, la cual se abastecerá y distribuirá conforme a lo declarado en su memoria descriptiva.
Artículo 3°.- La presente autorización tiene una vigencia de dos (02) años a partir de la fecha de su otorgamiento.
Artículo 4°.- El proveedor de agua para consumo humano mediante Camiones Cisterna se obliga a cumplir con las condiciones señaladas en la NTS N° 166-2020/MINSA, quedando sujeto al control y vigilancia.
Artículo 5°.- NOTIFICAR al administrado conforme a Ley.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones - Direccion de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria (DSAIA)
