Resolución Administrativa N.° 723-2025-DSAIA-DIRIS-LC
21 de noviembre de 2025
Artículo 1°.- DECLARAR FUNDADA la solicitud del establecimiento veterinario VETERINARIA VILLARAN E.I.R.L., RUC N° 20601414423, ubicado en Pasaje Villarán N° 192, Urbanización Los Sauces, distrito de Surquillo, provincia y departamento de Lima, representado por HENRY LEIGH RIOFRIO, con DNI N° 05643883, domiciliado en Calle Santander N° 171 Dpto. 702 - Urb. Santa Cruz, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima, a cargo del Médico Veterinario Jefe FIGARI GUTIERREZ, LUIS FELIPE, Registro del CMVP 5303 DEBIÉNDOSE OTORGAR LA AUTORIZACIÓN SANITARIA PARA ESTABLECIMIENTO DE CRIANZA, ATENCIÓN, COMERCIALIZACIÓN Y ALBERGUE DE CANES.
Artículo 2°.- La presente autorización tiene calidad de título habilitante de vigencia indeterminada, salvo que la ley especial señale un plazo determinado de vigencia. Cuando la autoridad compruebe el cambio de las condiciones indispensables para su obtención, previa fiscalización, podrá dejar sin efecto el título habilitante, de conformidad con lo previsto en el artículo 42 del TUO de la Ley N° 27444.
Artículo 2°.- La presente autorización tiene calidad de título habilitante de vigencia indeterminada, salvo que la ley especial señale un plazo determinado de vigencia. Cuando la autoridad compruebe el cambio de las condiciones indispensables para su obtención, previa fiscalización, podrá dejar sin efecto el título habilitante, de conformidad con lo previsto en el artículo 42 del TUO de la Ley N° 27444.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones - Direccion de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria (DSAIA)
