Resolución Administrativa N.° 656-2025-DSAIA-DIRIS-LC
23 de octubre de 2025
Artículo 1°.- DECLARAR FUNDADA la solicitud del establecimiento veterinario ROVAL PETS, RUC N° 10445323816, ubicado en Av. Leguía Y Meléndez 1789, distrito de Pueblo Libre, provincia y departamento de Lima, representado por DINA MILAGROS CORDOVA LOPEZ, con DNI N° 44532381, ubicado en Av. Manuel Cipriano Dulanto 1213, distrito de Pueblo Libre, provincia y departamento de Lima, a cargo del Médico Veterinario Jefe GONZALO CHRISTIAN QUIROZ MENDOZA, Registro del CMVP 7089 DEBIÉNDOSE OTORGAR LA AUTORIZACIÓN SANITARIA PARA ESTABLECIMIENTO DE CRIANZA, ATENCIÓN, COMERCIALIZACIÓN Y ALBERGUE DE CANES.
Artículo 2°.- La presente autorización tiene calidad de título habilitante de vigencia indeterminada, salvo que la ley especial señale un plazo determinado de vigencia. Cuando la autoridad compruebe el cambio de las condiciones indispensables para su obtención, previa fiscalización, podrá dejar sin efecto el título habilitante, de conformidad con lo previsto en el artículo 42 del TUO de la Ley N° 27444.
Artículo 2°.- La presente autorización tiene calidad de título habilitante de vigencia indeterminada, salvo que la ley especial señale un plazo determinado de vigencia. Cuando la autoridad compruebe el cambio de las condiciones indispensables para su obtención, previa fiscalización, podrá dejar sin efecto el título habilitante, de conformidad con lo previsto en el artículo 42 del TUO de la Ley N° 27444.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones - Direccion de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria (DSAIA)
