Resolución Directoral N.° 042-2026-DG-DIRIS-LC
20 de enero de 2026
ARTÍCULO 1°.- IMPONER LA SANCIÓN DE DESTITUCIÓN a la servidora SILVIA NIEVES DE LA ROSA LLERENA, en su condición de médico infectóloga, bajo el régimen del Decreto Legislativo N.° 1057, del establecimiento CERITS “RAUL PATRUCCO PUIG”, por la falta establecida en el literal d) del Art. 85° de la Ley N.° 30057, la cual refiere a la doble percepción, en mérito a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2°.- NOTIFICAR la presente resolución a la servidora SILVIA NIEVES DE LA ROSA LLERENA, en la forma prevista en el artículo 21 del Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27444, “Ley del Procedimiento Administrativo General”, aprobado por Decreto Supremo N.° 004-2019-JUS, concordante con el segundo párrafo del artículo 102 del Reglamento General de la Ley N.° 30057, “Ley del Servicio Civil”, debiendo constar en el cargo de notificación los generales de ley del servidor, su número de Documento Nacional de Identidad, firma, fecha y hora de recepción, la misma que se hará efectiva a partir del día siguiente de su recepción.
Artículo 3°.- DISPONER que, de conformidad con la Ley N.° 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General, aprobado por el Decreto Supremo N.° 040-2014-PCM, la Sra. SILVIA NIEVES DE LA ROSA LLERENA tiene su derecho fundamental a la contradicción mediante los recursos administrativos contra la presente Resolución, dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES SIGUIENTES DE SU NOTIFICACIÓN, conforme a lo dispuesto en el artículo 117 del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por el Decreto Supremo N.° 040-2014-PCM. Los recursos administrativos se presentan ante la autoridad que emitió el presente acto. La reconsideración (artículo 118 del Reglamento General) lo resuelve la misma autoridad que expidió el presente acto. La autoridad que resuelve el recurso de apelación es el TRIBUNAL DEL SERVICIO CIVIL (artículo 119 del Reglamento General), respectivamente.
Artículo 4°.- DISPONER que la Unidad de Recursos Humanos cumpla con la inscripción de la sanción en el Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98° de la Ley del Servicio Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 6, inciso 6.2, numeral 1 del Decreto Supremo N.° 012-2017-JUS, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N.° 1295, que modifica el artículo 242 de la Ley N.° 27444, y establece disposiciones para garantizar la integridad en la administración pública; debiendo registrar una copia de la presente Resolución de Sanción como constancia en el legajo personal de la señora SILVIA NIEVES DE LA ROSA LLERENA.
Artículo 4°.- DISPONER que la Unidad de Recursos Humanos cumpla con la inscripción de la sanción en el Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98° de la Ley del Servicio Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 6, inciso 6.2, numeral 1 del Decreto Supremo N.° 012-2017-JUS, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N.° 1295, que modifica el artículo 242 de la Ley N.° 27444, y establece disposiciones para garantizar la integridad en la administración pública; debiendo registrar una copia de la presente Resolución de Sanción como constancia en el legajo personal de la señora SILVIA NIEVES DE LA ROSA LLERENA.
Artículo 5°.- REMITIR los actuados a la Secretaría Técnica de Procedimientos Administrativos y Disciplinarios de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro, a fin que, previo diligenciamiento de las notificaciones señaladas, proceda a disponer su custodia y archivo del expediente, de acuerdo a lo señalado en el literal h) del numeral 8.2 del Punto 8 de la Directiva N.° 02-2015-SERVIR/GPGSC, “Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador de la Ley N.° 30057, Ley del Servicio Civil”.
Artículo 6°.- DISPONER la difusión de la presente resolución en el portal web de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro.
