Resolución Directoral N.° RD N.°009-2026-DG-DIRIS-LC
12 de enero de 2026
Artículo 1°.- APROBAR la conformación del “Equipo Impulsor de Redes Integradas de Salud e Implementador del Modelo de Cuidado Integral de Salud a nivel de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro”, encargado del proceso de implementación correspondiente a la conformación y funcionamiento de las RIS e implementación del Modelo de Cuidado Integral de Salud, bajo su ámbito, el mismo que está integrado por:
Tabla Adjunta
Artículo 2.- El Equipo Impulsor conformado tiene las siguientes funciones:
Artículo 3.- El Equipo Impulsor conformado debe instalarse dentro del plazo de cinco (5) días hábiles contados a partir de la vigencia del presente acto resolutivo.
Artículo 4.- El Equipo Impulsor conformado debe presentar a la Dirección General, en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles, después de instalado el referido Equipo, su respectivo Plan de Trabajo.
Tabla Adjunta
Artículo 2.- El Equipo Impulsor conformado tiene las siguientes funciones:
Artículo 3.- El Equipo Impulsor conformado debe instalarse dentro del plazo de cinco (5) días hábiles contados a partir de la vigencia del presente acto resolutivo.
Artículo 4.- El Equipo Impulsor conformado debe presentar a la Dirección General, en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles, después de instalado el referido Equipo, su respectivo Plan de Trabajo.
Artículo 5.- El Equipo Impulsor conformado tiene una vigencia de tres (3) años contados desde el día de su instalación; al término de la cual debe presentar un informe del proceso de implementación de la RIS bajo su ámbito, en el referido periodo. Culminada la vigencia del Equipo, este debe ser renovado por igual periodo.
Artículo 6.- La Dirección General de la DIRIS Lima Centro debe informar semestralmente a la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional, y a la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública del Ministerio de Salud, o a las que hagan sus veces, sobre los avances en el proceso de implementación de la(s) RIS y del Modelo de Cuidado Integral de Salud, bajo su ámbito.
Artículo 7.- Notificar la presente resolución a todos los integrantes del Equipo Impulsor de Redes Integradas de Salud e Implementador del Modelo de Cuidado Integral de Salud de la DIRIS Lima Centro, y a las instancias administrativas correspondientes, conforme a Ley.
Artículo 8.- Comunicar el presente acto resolutivo a la Dirección General de Operaciones en Salud (DGOS), para su conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 9.- Disponer la difusión de la presente resolución en el portal web de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro.
