Resolución Directoral N.° 1600-2025-DG-DIRIS-LC
26 de noviembre de 2025
Artículo 1.- Declarar infundado el recurso de apelación interpuesto con fecha 20 de octubre de 2025 por doña Ana María Morillo De Elliott contra la Resolución Administrativa N° 1105-2025-OGRRHH-ADIRIS-LC, sobre el reintegro dispuesto en el Decreto Ley N° 25981, correspondiente al diez por ciento (10%) de la parte del haber mensual que se encuentra afecta a la contribución del Fondo Nacional de Vivienda (FONAVI) desde el mes de enero de 1993, más devengados e intereses legales, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Artículo 2.- Dar por agotada la vía administrativa, de conformidad con el artículo 228 del TUO de la LPAG.
Artículo 2.- Dar por agotada la vía administrativa, de conformidad con el artículo 228 del TUO de la LPAG.
Artículo 3.- Notificar la presente resolución a la recurrente en un plazo no mayor a cinco (5) días, de conformidad con el numeral 24.1 del artículo 24 del TUO de la LPAG.
Artículo 4.- Comunicar el presente acto resolutivo, a las instancias administrativas correspondientes e interesados, para su conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 5.- Disponer la difusión de la presente resolución en el portal web de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro.
