Resolución Administrativa N.° 1490-2025-DMID-DIRIS-LC

3 de diciembre de 2025

ARTÍCULO PRIMERO.- IMPONER SANCIÓN DE MULTA ascendente a DOS (2) UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS – UIT al establecimiento farmacéutico de nombre comercial MIFARMA, con razón social MIFARMA S.A.C., representado legalmente por ALFARO GARRATH LUIS FELIPE, con RUC N° 20512002090, ubicado en Av. Inca Garcilaso de la Vega N° 1337 – C.C. Real Plaza Centro Cívico LC-158, en el distrito de Lima;

ARTÍCULO SEGUNDO.- NOTIFICAR al administrado en el domicilio ubicado en Av. Inca Garcilaso de la Vega N° 1337 – C.C. Real Plaza Centro Cívico LC-158, en el distrito de Lima y/o al correo electrónico regulatorio@farmaciasperuanas.pe
y señalar que contra la presente resolución proceden los recursos administrativos señalados por Ley; asimismo informar que el pago de la multa será requerido una vez que la resolución que impone la sanción quede firme. El Administrado podrá acogerse al pago del 50% de la obligación siempre que lo efectúe dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de notificada, conforme a lo dispuesto en la Directiva Administrativa N° 003-DIRIS-LC/DA-OT-2025-V.01, a la cuenta bancaria del Banco de la Nación N° 00068372046, a nombre de la DIRIS Lima Centro;

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Administrativas - DMID

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