Resolución Administrativa N.° 1485-2025-DMID-DIRIS-LC

3 de diciembre de 2025

ARTÍCULO PRIMERO.- IMPONER SANCIÓN DE MULTA ascendente a DOS (2) UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS – UIT al establecimiento farmacéutico de nombre comercial BOTICA ESALUD FARMA, de propiedad de CARDENAS MIRANDA VILMA, con RUC N° 10707805302, ubicado en Av. Isabel La Católica N° 1016, P.J. Matute, en el distrito de La Victoria; por los argumentos expuestos;

ARTÍCULO SEGUNDO.- NOTIFICAR al administrado en el domicilio RENIEC ubicado en Calle Kikijana N° 425, Urb. Túpac Amaru, en el distrito de San Luis y señalar que contra la presente resolución proceden los recursos administrativos señalados por Ley; asimismo informar que el pago de la multa será requerido una vez que la resolución que impone la sanción quede firme. El Administrado podrá acogerse al pago del 50% de la obligación siempre que lo efectúe dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de notificada, conforme a lo dispuesto en la Directiva Administrativa N° 003-DIRIS-LC/DA-OT-2025-V.01, a la cuenta bancaria del Banco de la Nación N° 00068372046, a nombre de la DIRIS Lima Centro;

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Administrativas - DMID

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R.A. N°1485-2025-DMID-DIRIS-LC

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