Resolución Administrativa N.° 1108-2022-DMID-DIRIS-LC
4 de agosto de 2022
Art. 1°.- RECTIFICAR el error material incurrido en la Resolución Administrativa N.° 487-2022-DMID-DIRIS-LC, de fecha 29 de abril de 2022, de acuerdo al siguiente detalle: Considerando tercer párrafo y en el primer párrafo de la parte resolutiva, así como el Certificado de Buenas Prácticas de Oficina Farmacéutica N.° 135-2022 de fecha 29 de abril de 2022.
Dice:
Dirección: Av. Augusto Bolognesi N.° 398 y 398A, cruce con Jr. Tacna N.° 700 en el distrito de Magdalena del Mar.
Dirección: Av. Augusto Bolognesi N.° 398 y 398A, cruce con Jr. Tacna N.° 700 en el distrito de Magdalena del Mar.
Debe decir:
Dirección: Jr. Augusto Bolognesi N.° 398 y 398A, cruce con Jr. Tacna N.° 700 en el distrito de Magdalena del Mar.
Dirección: Jr. Augusto Bolognesi N.° 398 y 398A, cruce con Jr. Tacna N.° 700 en el distrito de Magdalena del Mar.
Art. 2°.- Ratificar en los demás extremos la Resolución Administrativa N.° 487-2022-DMID-DIRIS-LC, de fecha 29 de abril de 2022.
Art. 3°.- Notifíquese la presente Resolución Administrativa al interesado, a la Oficina de Fiscalización, Control y Vigilancia Sanitaria y a la Oficina de Autorizaciones Sanitarias de Establecimientos Farmacéuticos de la DIRIS Lima Centro, para su conocimiento y fines consiguientes.
Art. 4°.- Regístrese la presente Resolución Administrativa en el Sistema de Información de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas – SI – DIGEMID.
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