Resolución Administrativa N.° 1021-2022-DMID-DIRIS-LC

20 de julio de 2022

ARTÍCULO PRIMERO.- IMPONER LA SANCIÓN DE MULTA, equivalente al 50% de 1 Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente a la fecha en que se expide la presente resolución, al establecimiento farmacéutico de nombre comercial BOTICA KARIFARMA, propiedad de RAO MALMA CONSUELO KARINA, con número de RUC 10701066737, ubicado en: Rio Triguez, Mz. H-1, Lote 16-B, Urb. Canto Rey, 2da Etapa, en el distrito de San Juan de Lurigancho; en condición de atenuantes, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Notificar al establecimiento BOTICA KARIFARMA, y señalar que el pago de la multa será requerido una vez que la resolución que impone la sanción quede firme. El Administrado podrá acogerse al pago del 50% de la obligación siempre que lo efectúe dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de notificada, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.1.6 de la Directiva Administrativa N.° 002-2019-DG-DIRIS-LC, a la cuenta bancaria del Banco de la Nación N.° 00068372046 a nombre de la DIRIS Lima Centro.

ARTÍCULO TERCERO.- Dispóngase la publicación de la presente resolución en la página web institucional de la DIRIS Lima Centro.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Administrativas - DMID

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