Resolución Directoral N.° 1676-2025-DG-DIRIS-LC
15 de diciembre de 2025
Artículo 1.- APROBAR la asignación de Categoría I-2: Consultorio Médico, al establecimiento de salud sin población asignada, con nombre comercial “SALVAPIED”, ubicado en Av. Del Parque Norte N° 1150 Consultorio 309 Mz. B7 Lt. 4 Urb. Corpac – 3era Zona Sur, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima, con CUI 00030022, con razón social “INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN Y SALVATAJE DE PIE DIABÉTICO PERÚ E.I.R.L.”, con RUC 20606197251.
Artículo 2.- El establecimiento de salud señalado en el artículo primero, cuenta con las Unidades Productoras de Servicios de Salud – UPSS de Atención Directa y Atención de Soporte, además de las actividades obligatorias señaladas en el anexo adjunto, que forma parte integrante de la presente resolución; asimismo, la IPRESS no podrá realizar actividades que no estén comprendidas dentro de su categoría, sin ser previamente comunicadas a la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro.
Artículo 3.- La categoría asignada tendrá una vigencia de tres (03) años. En caso varíe su complejidad, el representante legal del establecimiento de salud debe comunicar dentro del plazo máximo de treinta (30) días calendario de ocurrido el hecho y solicitar un nuevo proceso de categorización. Asimismo, no podrá brindar servicios sin contar con la categoría otorgada por la autoridad sanitaria, de acuerdo con la normatividad vigente.
Artículo 4.- NOTIFICAR la presente resolución a la IPRESS SALVAPIED, conforme a ley.
Artículo 4.- NOTIFICAR la presente resolución a la IPRESS SALVAPIED, conforme a ley.
Artículo 5.- DISPONER que el Comité Técnico de Categorización de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro comunique al responsable del Registro Nacional de IPRESS – RENIPRESS, la asignación de la categoría del establecimiento de salud.
Artículo 6.- DISPONER la difusión de la presente resolución en el portal web de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro.
