Resolución Administrativa N.° 1384-2025-DMID-DIRIS-LC
14 de noviembre de 2025
ARTÍCULO PRIMERO.- IMPONER SANCIÓN DE MULTA ascendente a DOS (2) UIT (UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS – UIT) al establecimiento comercial BOTICA MIFARMA, con razón social MIFARMA S.A.C., representado legalmente por ALFARO GARRATH LUIS FELIPE, con RUC N° 20512002090, ubicado en Av. San Luis N° 1993, Urb. San Borja, en el distrito de San Borja.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Notificar al administrado en el domicilio ubicado en Av. San Luis N° 1993, Urb. San Borja, en el distrito de San Borja, y/o al correo electrónico regulatorio@farmaciasperuanas.pe
, y señalar que contra la presente resolución proceden los recursos administrativos señalados por Ley; asimismo informar que el pago de la multa será requerido una vez que la resolución que impone la sanción quede firme. El administrado podrá acogerse al pago del 50% de la obligación siempre que lo efectúe dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de notificada, conforme a lo dispuesto en la Directiva Administrativa N° 003-DIRIS-LC/DA-OT-2025-V.01, a la cuenta bancaria del Banco de la Nación N° 00068372046, a nombre de la DIRIS Lima Centro.
, y señalar que contra la presente resolución proceden los recursos administrativos señalados por Ley; asimismo informar que el pago de la multa será requerido una vez que la resolución que impone la sanción quede firme. El administrado podrá acogerse al pago del 50% de la obligación siempre que lo efectúe dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de notificada, conforme a lo dispuesto en la Directiva Administrativa N° 003-DIRIS-LC/DA-OT-2025-V.01, a la cuenta bancaria del Banco de la Nación N° 00068372046, a nombre de la DIRIS Lima Centro.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Administrativas - DMID
