Resolución Administrativa N.° 1308-2025-DMID-DIRIS-LC
31 de octubre de 2025
ARTICULO PRIMERO. - IMPONER SANCIÓN DE MULTA ascendente a DOS (2) UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS – UIT al establecimiento comercial BOTICA MIFARMA, con razón social MIFARMA S.A.C., representado legalmente por ALFARO GARRATH LUIS FELIPE, con RUC N° 20512002090, ubicado en Av. Angamos Este N° 1298 Esq. con República de Panamá, en el distrito de Surquillo;
ARTICULO SEGUNDO. – Notificar al administrado en el domicilio ubicado en Av. Angamos Este N° 1298 Esq. con República de Panamá, en el distrito de Surquillo, y/o al correo electrónico regulatorio@farmaciasperuanas.pe
, y señalar que contra la presente resolución proceden los recursos administrativos señalados por Ley; asimismo, informar que el pago de la multa será requerido una vez que la resolución que impone la sanción quede firme. El Administrado podrá acogerse al pago del 50% de la obligación siempre que lo efectúe dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de notificada, conforme a lo dispuesto en la Directiva Administrativa N° 003-DIRIS-LC/DA-OT-2025-V.01, a la cuenta bancaria del Banco de la Nación N° 00068372046, a nombre de la DIRIS Lima Centro;
, y señalar que contra la presente resolución proceden los recursos administrativos señalados por Ley; asimismo, informar que el pago de la multa será requerido una vez que la resolución que impone la sanción quede firme. El Administrado podrá acogerse al pago del 50% de la obligación siempre que lo efectúe dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de notificada, conforme a lo dispuesto en la Directiva Administrativa N° 003-DIRIS-LC/DA-OT-2025-V.01, a la cuenta bancaria del Banco de la Nación N° 00068372046, a nombre de la DIRIS Lima Centro;
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Administrativas - DMID
