Resolución Administrativa N.° 564-2022-DMID-DIRIS-LC
12 de mayo de 2022
ARTÍCULO PRIMERO.- IMPONER LA SANCIÓN DE MULTA, equivalente a CINCO (5) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigentes a la fecha en que se expide la presente resolución al establecimiento farmacéutico de clase BOTICA con nombre comercial BOTICA BSV, propiedad de HOLGADO AÑANCA DONATO, con número de RUC 10243897977, ubicado en Av. Jardines Oeste N° 390, Urb. San Hilarión, en el distrito de San Juan de Lurigancho; por los fundamentos expuestos en la presente resolución;
ARTÍCULO SEGUNDO.- Notificar al establecimiento BOTICA BSV, y señalar que el pago de la multa será requerido una vez que la resolución que impone la sanción quede firme. El Administrado podrá acogerse al pago del 50% de la obligación siempre que lo efectúe dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de notificada, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.1.6 de la Directiva Administrativa N° 002-2019-DG-DIRIS-LC, a la cuenta bancaria del Banco de la Nación N° 00068372046 a nombre de la DIRIS Lima Centro.
ARTÍCULO TERCERO.- Dispóngase la publicación de la presente resolución en la página web institucional de la DIRIS Lima Centro.
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