Resolución Administrativa N.° 537-2022-DMID-DIRIS-LC

10 de mayo de 2022

ARTICULO PRIMERO.IMPONER LA SANCIÓN DE MULTA, equivalente a TRES (3) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigentes a la fecha en que se expide la presente resolución al establecimiento farmacéutico de nombre comercial BOTICA ARCANGEL, propiedad de JAIMES VILLAORDUÑA JUAN C. (Según ficha RUC de la SUNAT) y AIMES VILLAORDUÑA JUAN C. (Según boleta de venta); con número de RUC 10486029965, ubicado en Av. Héroes del Cenepa Mz. I2, Lote 3, A.H. Santa María, en el distrito de San Juan de Lurigancho; por los fundamentos expuestos en la presente resolución;

ARTICULO SEGUNDO. – Notificar al establecimiento BOTICA ARCANGEL, y señalar que el pago de la multa será requerido una vez que la resolución que impone la sanción quede firme. El Administrado podrá acogerse al pago del 50% de la obligación siempre que lo efectúe dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de notificada, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.1.6 de la Directiva Administrativa N° 002-2019-DG-DIRIS-LC, a la cuenta bancaria del Banco de la Nación N° 00068372046 a nombre de la DIRIS Lima Centro.

ARTICULO TERCERO. – Dispóngase la publicación de la presente resolución en la página web institucional de la DIRIS Lima Centro.

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