Resolución Administrativa N.° 510-2022-DMID-DIRIS-LC
4 de mayo de 2022
ARTÍCULO PRIMERO. – IMPONER LA SANCIÓN DE MULTA, equivalente a TRES (3) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigentes a la fecha en que se expide la presente resolución al establecimiento farmacéutico de Clase Botica con nombre comercial BOTICA FARMAPERU, propiedad de ARTOLA OROSCO IRMA VEDITA, con número de RUC 10478525431, ubicado en Jr. Sebastián Barranca N° 1543 Urb. San Pablo, en el distrito de La Victoria, provincia y departamento de Lima; en condición de atenuantes, por los fundamentos expuestos en la presente resolución;
ARTÍCULO SEGUNDO. – Notificar al establecimiento BOTICA FARMAPERU, y señalar que el pago de la multa será requerido una vez que la resolución que impone la sanción quede firme.
El Administrado podrá acogerse al pago del 50% de la obligación siempre que lo efectúe dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de notificada, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.1.6 de la Directiva Administrativa N° 002-2019-DG-DIRIS-LC, a la cuenta bancaria del Banco de la Nación N° 00068372046 a nombre de la DIRIS Lima Centro.
El Administrado podrá acogerse al pago del 50% de la obligación siempre que lo efectúe dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de notificada, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.1.6 de la Directiva Administrativa N° 002-2019-DG-DIRIS-LC, a la cuenta bancaria del Banco de la Nación N° 00068372046 a nombre de la DIRIS Lima Centro.
ARTÍCULO TERCERO. – Dispóngase la publicación de la presente resolución en la página web institucional de la DIRIS Lima Centro.
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