Resolución Administrativa N.° 475-2022-DMID-DIRIS-LC
29 de abril de 2022
Art. 1°.- Ratificar la Medida de Seguridad Sanitaria de CIERRE, al establecimiento farmacéutico con nombre comercial BOTICA SOCORRO, propiedad de VARGAS HOYOS DORIS DEL PILAR, con número de RUC N° 10430771596, ubicado en Av. Lima N° 399, Urb. Caja de Agua (según boleta) y a la verificación física Av. Lima N° 399, Urb. Caja de Agua Esquina Con Jr. Amazonas, en el distrito de San Juan de Lurigancho, hasta que subsane las observaciones consignadas en el acta.
Art. 2°.- Todos los establecimientos farmacéuticos comprendidos en el artículo 4° del Reglamento de Establecimientos Farmacéuticos aprobado por Decreto Supremo N° 014-2011-SA, requieren de Autorización Sanitaria de Funcionamiento, conforme a lo dispuesto en el artículo 17° del mismo reglamento y en el artículo 21° de la Ley 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios. La Autorización Sanitaria es requisito indispensable para su funcionamiento, la misma que será otorgada por la Autoridad de Salud previa inspección.
Art. 3°.- Notifíquese la presente Resolución Administrativa al interesado y dispóngase su publicación en la página web institucional de la DIRIS Lima Centro, para su conocimiento y fines consiguientes.
Art. 4°.- Póngase de conocimiento a la Oficina de Fiscalización, Control y Vigilancia Sanitaria de Establecimientos Farmacéuticos y no Farmacéuticos, para su conocimiento y fines pertinentes.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Administrativas - DMID
