Resolución Administrativa N.° 573-2025-DMGS-DIRIS-LC
PLAN DE CONTINGENCIA PARA LA ORGANIZACIÓN Y CONTINUIDAD DE LA ATENCIÓN PRESTACIONAL DE SALUD DEL CENTRO DE SALUD SAN ATANACIO DE PEDREGAL
14 de noviembre de 2025
Artículo 1.- APROBAR, con eficacia anticipada al 12 de noviembre del 2025, el “PLAN DE CONTINGENCIA PARA LA ORGANIZACIÓN Y CONTINUIDAD DE LA ATENCIÓN PRESTACIONAL DE SALUD DEL CENTRO DE SALUD SAN ATANACIO DE PEDREGAL”, el cual consta de ocho (08) numerales, que incluye dos (02) Anexos, en un total de veintiséis (26) páginas, que en anexo forman parte integrante del acto resolutivo.
Artículo 2.- ENCARGAR a las unidades orgánicas involucradas, a través de sus Direcciones Ejecutivas, según corresponda, efectuar las actividades establecidas en el acápite VII de la propuesta de plan de contingencia a fin de implementar, monitorear, y dar seguimiento a su ejecución.
Artículo 3.- ENCARGAR a la Dirección de Monitoreo y Gestión Sanitaria a través de la Oficina de Servicios de Salud remitir informe técnico documentado a la Dirección General a efectos de evaluar los resultados del plan de contingencia.
Artículo 4.- ENCARGAR al Área de Coordinación Intersectorial y Social, en el ejercicio de sus funciones, efectuar las coordinaciones interinstitucionales con la Municipalidad de Surquillo (Serenazgo), la División Policial Sur 1 y la Comisaría de Surquillo a fin de disponer personal para el resguardo y seguridad de las instalaciones del Centro de Salud San Atanacio de Pedregal durante la ejecución del servicio de mantenimiento, así como la protección del personal de salud que realizará el trabajo extramural en las diferentes zonas del distrito.
Artículo 3.- ENCARGAR a la Dirección de Monitoreo y Gestión Sanitaria a través de la Oficina de Servicios de Salud remitir informe técnico documentado a la Dirección General a efectos de evaluar los resultados del plan de contingencia.
Artículo 4.- ENCARGAR al Área de Coordinación Intersectorial y Social, en el ejercicio de sus funciones, efectuar las coordinaciones interinstitucionales con la Municipalidad de Surquillo (Serenazgo), la División Policial Sur 1 y la Comisaría de Surquillo a fin de disponer personal para el resguardo y seguridad de las instalaciones del Centro de Salud San Atanacio de Pedregal durante la ejecución del servicio de mantenimiento, así como la protección del personal de salud que realizará el trabajo extramural en las diferentes zonas del distrito.
Artículo 5.- NOTIFICAR a la Dirección General, y Direcciones Ejecutivas de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro, la presente resolución para su conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 6.- COMUNICAR a la Dirección de Operaciones en Salud (DGOS) del Ministerio de Salud y a la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD), la presente resolución para conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 7.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el portal web de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones - Direccion de Monitoreo
