Resolución Administrativa N.° 378-2022-DMID-DIRIS-LC

13 de abril de 2022

ARTÍCULO PRIMERO.- IMPONER LA SANCIÓN DE AMONESTACIÓN, al establecimiento farmacéutico nombre comercial BOTICA FARMASALUD, con razón social FARMASALUD INVERSIONES FARMACÉUTICAS S.A.C., con número de RUC 20550399092, debidamente representado por AGUEDO YAICURIMA LIZ MABEL, ubicado en Av. Alfonso Ugarte N° 986, Interior 4, Urb. Chacra Colorada, en el distrito de Breña; por los fundamentos expuestos en la presente resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Notificar al establecimiento farmacéutico con nombre comercial BOTICA FARMASALUD, y señalar que el pago de la multa será requerido una vez que la resolución que impone la sanción quede firme. El administrado podrá acogerse al pago del 50% de la obligación siempre que lo efectúe dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de notificada, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.1.6 de la Directiva Administrativa N° 002-2019-DG-DIRIS-LC, a la cuenta bancaria del Banco de la Nación N° 00068372046, a nombre de la DIRIS Lima Centro.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Administrativas - DMID

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RA N° 0378-2022-DMID-DIRIS-LC

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