Resolución Administrativa N.° 358-2022-DMID-DIRIS-LC
12 de abril de 2022
ARTÍCULO PRIMERO.- IMPONER LA SANCIÓN DE AMONESTACIÓN, al establecimiento farmacéutico BOTICA MIFARMA, con razón social MIFARMA S.A.C., con número de RUC 20512002090, debidamente representado por YAÑEZ OLARTE EDMUNDO, ubicado en Jr. Huallaga N° 630, en el distrito de Lima; por los fundamentos expuestos en la presente resolución;
ARTÍCULO SEGUNDO.- Notificar al establecimiento farmacéutico con nombre comercial BOTICA MIFARMA, y señalar que el pago de la multa será requerido una vez que la resolución que impone la sanción quede firme. El administrado podrá acogerse al pago del 50% de la obligación siempre que lo efectúe dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de notificada, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.1.6 de la Directiva Administrativa N° 002-2019-DG-DIRIS-LC, a la cuenta bancaria del Banco de la Nación N° 00068372046 a nombre de la DIRIS Lima Centro.
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