Resolución Administrativa N.° 335-2022-DMID-DIRIS-LC
6 de abril de 2022
ARTÍCULO PRIMERO.- IMPONER LA SANCIÓN DE AMONESTACIÓN, al establecimiento farmacéutico BOTICA MIFARMA, con razón social MIFARMA S.A.C., con número de RUC 20512002090, debidamente representado por ALFARO GARRATH LUIS FELIPE, ubicado en Av. República de Panamá N° 6304, en el distrito de Miraflores; por los fundamentos expuestos en la presente resolución;
ARTÍCULO SEGUNDO.- Notificar al establecimiento farmacéutico con nombre comercial BOTICA MIFARMA, y señalar que, el pago de la multa será requerido una vez que la resolución que impone la sanción quede firme. El administrado podrá acogerse al pago del 50% de la obligación siempre que lo efectúe dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de notificada, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.1.6 de la Directiva Administrativa N° 002-2019-DG-DIRIS-LC, a la cuenta bancaria del Banco de la Nación N° 00068372046 a nombre de la DIRIS Lima Centro.
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