Resolución Administrativa N.° 225-2022-DMID-DIRIS-LC
7 de marzo de 2022
Art. 1°.- Ratificar la Medida de Seguridad Sanitaria de CIERRE TEMPORAL, al establecimiento farmacéutico de nombre comercial BOTICA, PERFUMERÍA Y REGALOS OLEAFARMA, propiedad de LIZANDRO LEONCIO ESPINOZA CARNECILLA, con número de RUC 10102547358, ubicado en Av. Santa Rosa de Lima APV Inca Manco Capac 1era Etapa, en el distrito de San Juan de Lurigancho, hasta que subsane las observaciones consignadas en el acta.
Art. 2°.- Todos los establecimientos farmacéuticos comprendidos en el artículo 4° del Reglamento de Establecimientos Farmacéuticos aprobado por Decreto Supremo N° 014-2011-SA, requieren de Autorización Sanitaria de Funcionamiento, conforme a lo dispuesto en el artículo 17° del mismo reglamento y en el artículo 21° de la Ley N° 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios. La autorización sanitaria es requisito indispensable para su funcionamiento, la misma que será otorgada por la Autoridad de Salud previa inspección.
Art. 3°.- Se realizó la consulta a la SUNAT constatándose que el número de RUC del establecimiento no existe, asimismo se realizó la búsqueda en RENIEC constatándose el fallecimiento del Sr. Espinoza Carnecilla Lizandro Leoncio con fecha 12 de noviembre de 2020, quien figura como titular del RUC 10102547358, según boleta de venta N° 0001-N° 000941, la cual fue verificada en el establecimiento.
Art. 4°.- Notifíquese la presente Resolución Administrativa y dispóngase su publicación en la página web de la institución de la DIRIS Lima Centro, para su conocimiento y fines pertinentes.
Art. 5°.- Póngase de conocimiento a la Oficina de Fiscalización, Control y Vigilancia Sanitaria de Establecimientos Farmacéuticos y no Farmacéuticos de la DIRIS Lima Centro, para su conocimiento y fines pertinentes.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Administrativas - DMID
