Resolución Administrativa N.° 211-2022-DMID-DIRIS-LC
1 de marzo de 2022
ARTÍCULO PRIMERO.- IMPONER LA SANCIÓN DE MULTA, equivalente a 2 (dos) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigentes a la fecha en que se expide la presente resolución al establecimiento farmacéutico clase BOTICA, con nombre comercial BOTICAS MIFARMA, con razón social MIFARMA S.A.C., con RUC N° 20512002090, representado legalmente por YAÑEZ OLARTE EDMUNDO, ubicado en Jr. Bolognesi N° 301, en el distrito de Magdalena del Mar, provincia y departamento de Lima; por los fundamentos expuestos en la presente resolución;
ARTÍCULO SEGUNDO.- Notificar al establecimiento farmacéutico con nombre comercial BOTICA MIFARMA, y señalar que el pago de la multa será requerido una vez que la resolución que impone la sanción quede firme. El Administrado podrá acogerse al pago del 50% de la obligación siempre que lo efectúe dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de notificada, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.1.6 de la Directiva Administrativa N° 002-2019-DG-DIRIS-LC, a la cuenta bancaria del Banco de la Nación N° 00068372046 a nombre de la DIRIS Lima Centro.
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