Resolución Administrativa N.° 209-2022-DMID-DIRIS-LC

1 de marzo de 2022

ARTÍCULO PRIMERO.- IMPONER LA SANCIÓN DE MULTA, equivalente a 3 (tres) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigentes a la fecha en que se expide la presente resolución al establecimiento farmacéutico BOTICAS MIFARMA, representado legalmente por PONCE PINEDA JUAN MANUEL / LAZARTE PALAO PATRICIO / YAÑEZ OLARTE EDMUNDO / ALFARO GARRATH LUIS FELIPE, con número de RUC 20512002090, ubicado en Av. Canto Grande N° 3690 - 3690 A, Urb. Los Jazmines, en el distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; por los fundamentos expuestos en la presente resolución;

ARTÍCULO SEGUNDO.- Notificar al establecimiento farmacéutico con nombre comercial BOTICA MIFARMA, y señalar que el pago de la multa será requerido una vez que la resolución que impone la sanción quede firme. El Administrado podrá acogerse al pago del 50% de la obligación siempre que lo efectúe dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de notificada, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.1.6 de la Directiva Administrativa N° 002-2019-DG-DIRIS-LC, a la cuenta bancaria del Banco de la Nación N° 00068372046 a nombre de la DIRIS Lima Centro.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Administrativas - DMID

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RA N° 0209-2022-DMID-DIRIS-LC

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