Resolución Administrativa N.° 143-2022-DMID-DIRIS-LC
16 de febrero de 2022
Art.1°.- Ratificar la Medida de Seguridad Sanitaria de CIERRE TEMPORAL, al establecimiento de nombre comercial BOTICAS FARMACIAS DE CALIDAD según letrero exhibido en la fachada y con nombre comercial BOUTIQUE FABIANA según boleta de venta, de propiedad de FLORENCIA CELESTINA HUARI SULLUCHUCO, con número de RUC 10422484774, ubicado en Calle Pablo Usandizaga N°501, Urb. Las Begonias, en el distrito de San Borja, hasta que subsane las observaciones consignadas en el acta.
Art.2°.- Todos los establecimientos farmacéuticos comprendidos en el artículo 4° del Reglamento de Establecimientos Farmacéuticos aprobado por Decreto Supremo N°041-2011-SA, requieren de Autorización Sanitaria de Funcionamiento, conforme a lo dispuesto en el artículo 17° del mismo reglamento y en el artículo 21° de la Ley 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios. La Autorización Sanitaria es requisito indispensable para su funcionamiento, la misma que será otorgada por la Autoridad de Salud previa inspección.
Art.3°.- Notifíquese la presente Resolución Administrativa al interesado y dispóngase su publicación en la página web institucional de la DIRIS Lima Centro, para su conocimiento y fines consiguientes.
Art.4°.- Póngase de conocimiento a la Oficina de Fiscalización, Control y Vigilancia Sanitaria de Establecimientos Farmacéuticos y no Farmacéuticos, para su conocimiento y fines pertinentes.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Administrativas - DMID
