Resolución Directoral N.° 1038-2025-DG-DIRIS-LC
7 de octubre de 2025
Artículo 1.- CLASIFICAR como SERVICIO MÉDICO DE APOYO: CENTRO ÓPTICO, a la IPRESS con nombre comercial “OCULAYER SAFETY”, ubicada en Av. Faustino Sánchez Carrión, N° 615 Ofíc. 704 distrito Jesús María, Provincia y Departamento de Lima, con CUI 00037205, con razón social “OCULAYER SOCIEDAD ANONIMA CERRADA”, con RUC 20451827627.
Artículo 2.- El Servicio Médico de Apoyo señalado en el artículo primero, cuenta con las Unidades Productoras de Servicios de Salud-UPSS y Actividades de Atención Directa obligatorias para su categoría, las cuales están señaladas en el anexo que forma parte de la presente Resolución.
Artículo 3.- La categoría asignada tendrá una vigencia de tres (03) años. En caso varíe su complejidad, el representante legal del establecimiento de salud debe comunicar dentro del plazo máximo de treinta (30) días calendario de ocurrido el hecho y solicitar un nuevo proceso de categorización. Asimismo, no podrá brindar servicios sin contar con la categoría otorgada por la autoridad Sanitaria, de acuerdo con la normatividad vigente.
Artículo 4.- NOTIFICAR la presente resolución a la IPRESS con nombre comercial “OCULAYER SAFETY”, conforme a ley.
Artículo 5.- DISPONER que el Comité Técnico de Categorización 2024 – 2025 de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro comunique al responsable del Registro Nacional de IPRESS – RENIPRESS, la clasificación del Servicio Médico de Apoyo.
Artículo 6.- DISPONER la difusión de la presente resolución en el portal web de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro.
