Resolución Administrativa N.° 126-2022-DMID-DIRIS-LC
11 de febrero de 2022
Art.1°.- Ratificar la Medida de Seguridad Sanitaria de CIERRE TEMPORAL, al establecimiento comercial con razón social CORPORACION MEDICA ALVISA S.A.C., con RUC: 20600890523, Representado legalmente por IRURETA LEÓN SEGUNDO ALEX, ubicado en Av. Emancipación N° 579 Int. 1215 (galería san francisco) Cercado de Lima distrito de Lima, hasta que subsane las observaciones consignadas en el acta.
Art.2°.- Todos los establecimientos farmacéuticos comprendidos en el artículo $4^{\circ}$ del Reglamento de Establecimientos Farmacéuticos aprobado por Decreto Supremo N°041-2011-SA, requieren de Autorización Sanitaria de Funcionamiento, conforme a lo dispuesto en el artículo $17^{\circ}$ del mismo reglamento y en el artículo $21^{\circ}$ de la Ley 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios. La Autorización Sanitaria es requisito indispensable para su funcionamiento, la misma que será otorgada por la Autoridad de Salud previa inspección.
Art.3°.- Notifíquese la presente Resolución Administrativa al interesado y dispónganse su publicación en la página web Institucional de la DIRIS Lima Centro, para su conocimiento y fines consiguientes.
Art.4°.- Póngase de conocimiento a la Oficina de Fiscalización, Control y Vigilancia Sanitaria de Establecimientos Farmacéuticos y no Farmacéuticos, para su conocimiento y fines pertinentes.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Administrativas - DMID
