Resolución Directoral N.° 1023-2025-DG-DIRIS-LC

2 de octubre de 2025

Artículo 1.- APROBAR la asignación de Categoría II-2: Clínica de Atención General, al establecimiento de salud de atención general, con nombre comercial “CLÍNICA SAN GABRIEL S.A.C.”, ubicada en Av. La Marina N° 2945-2949-2955-2965, distrito San Miguel, provincia y departamento de Lima, con CUI 00014501, con razón social “CLÍNICA SAN GABRIEL SAC”, con RUC 20505018509.

Artículo 2.- El establecimiento de salud señalado en el artículo primero, cuenta con las Unidades Productoras de Servicios de Salud-UPSS y Actividades de Atención Directa o de Soporte obligatorias para su categoría, las cuales están señaladas en el anexo que forma parte de la presente Resolución.

Artículo 3.- La categoría asignada tendrá una vigencia de tres (03) años. En caso varíe su complejidad, el representante legal del establecimiento de salud debe comunicar dentro del plazo máximo de treinta (30) días calendario de ocurrido el hecho y solicitar un nuevo proceso de categorización. Asimismo, no podrá brindar servicios sin contar con la categoría otorgada por la autoridad Sanitaria, de acuerdo con la normatividad vigente.

Artículo 4.- DISPONER la notificación del acto resolutivo a la IPRESS “CLÍNICA SAN GABRIEL S.A.C.”, conforme a ley.

Artículo 5.- DISPONER que el Comité Técnico de Categorización 2024 – 2025 de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro comunique al responsable del Registro Nacional de IPRESS – RENIPRESS, la asignación de la categoría del establecimiento de salud.

Artículo 6.- DISPONER la difusión de la presente resolución en el portal web de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro.

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RD N°1023-2025-DG-DIRIS-LC

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