Resolución Administrativa N.° 1061-2025-DMID-DIRIS-LC
1 de setiembre de 2025
ARTICULO PRIMERO. – IMPONER SANCIÓN DE MULTA ascendente a 1.5 UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS – UIT al establecimiento farmacéutico de clase BOTICA, con nombre comercial BOTICAS OESTE, con razón social AYSSAFILOR S.A.C., representado legalmente por QUITO AROSTEGUI FIDENCIANO, con número de RUC 20601593115, ubicado en Calle Pablo Usandizaga N° 501, Int. 1, Urb. Las Begonias, en el distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima, por los fundamentos expuestos en la presente resolución; en condición de atenuantes.
ARTICULO SEGUNDO. – Notificar al administrado en el domicilio RENIEC del apoderado, ubicado en Mz C Lt. 01 A.H. José C. Mariátegui 5TA Etapa – San Juan de Lurigancho, y señalar que contra la presente resolución proceden los recursos administrativos señalados por Ley; asimismo, informar que el pago de la multa será requerido una vez que la resolución que impone la sanción quede firme.
El Administrado podrá acogerse al pago del 50% de la obligación, siempre que lo efectúe dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de notificada, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.1.6 de la Directiva Administrativa N° 002-2019-DG-DIRIS-LC, a la cuenta bancaria del Banco de la Nación N° 00068372046, a nombre de la DIRIS Lima Centro.
El Administrado podrá acogerse al pago del 50% de la obligación, siempre que lo efectúe dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de notificada, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.1.6 de la Directiva Administrativa N° 002-2019-DG-DIRIS-LC, a la cuenta bancaria del Banco de la Nación N° 00068372046, a nombre de la DIRIS Lima Centro.
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