Resolución Administrativa N.° 1060-2025-DMID-DIRIS-LC

1 de setiembre de 2025

ARTICULO PRIMERO.IMPONER SANCIÓN DE MULTA ascendente a TRES (3) UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS – UIT al establecimiento farmacéutico de clase BOTICA, con nombre comercial BOTICA ENDOFARMA, de propiedad de ALVAREZ MASCO WILLIAMS, con RUC N° 10438101182, ubicado en Calle Monseñor Jorge Dintilhac N° 441 A Urb. Pando Etapa Dos, en el distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima, por los fundamentos expuestos en la presente resolución; en condición de atenuantes.

ARTICULO SEGUNDO.Notificar al administrado en el domicilio señalado en su escrito de fecha 12 de diciembre de 2024, ubicado en Calle Monseñor Jorge Dintilhac N° 441 Urb. Pando Etapa II – San Miguel, y señalar que contra la presente resolución proceden los recursos administrativos señalados por Ley; asimismo, informar que el pago de la multa será requerido una vez que la resolución que impone la sanción quede firme. El Administrado podrá acogerse al pago del 50% de la obligación, siempre que lo efectúe dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de notificada, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.1.6 de la Directiva Administrativa N° 002-2019-DG-DIRIS-LC, a la cuenta bancaria del Banco de la Nación N° 00068372046, a nombre de la DIRIS Lima Centro.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Administrativas - DMID

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