Resolución Administrativa N.° 1031-2025-DMID-DIRIS-LC

25 de agosto de 2025

ARTÍCULO PRIMERO. - IMPONER SANCIÓN DE MULTA ascendente a TRES (3) UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS – UIT al establecimiento farmacéutico de clase BOTICA, con nombre comercial BOTICA FARMACUBAS, de propiedad de CUBAS DÍAZ ROGELIO, con RUC N° 10453569174, ubicado en Av. Wiesse Mz. D1, Lote 22 ASC. Los Artesanos, en el distrito de San Juan de Lurigancho, por los fundamentos expuestos en la presente resolución; en condición de atenuantes;

ARTÍCULO SEGUNDO. - Notificar al administrado en el domicilio RENIEC: ubicado en Coop. Huancaray Mz. C Lt. 30 – San Juan de Lurigancho y señalar que contra la presente resolución proceden los recursos administrativos señalados por Ley; asimismo informar que el pago de la multa será requerido una vez que la resolución que impone la sanción quede firme. El administrado podrá acogerse al pago del 50% de la obligación siempre que lo efectúe dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de notificada, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.1.6 de la Directiva Administrativa N° 002-2019-DG-DIRIS-LC, a la cuenta bancaria del Banco de la Nación N° 00068372046 a nombre de la DIRIS Lima Centro.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Administrativas - DMID

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R.A. N°1031-2025-DMID-DIRIS-LC

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