Resolución Administrativa N.° 951-2025-DMID-DIRIS-LC

4 de agosto de 2025

Art.1°.- Denegar, la Autorización Sanitaria de Traslado al establecimiento farmacéutico de clase Botica con nombre comercial Botica UV3 Farma, con R.U.C N° 20606360071, con razón social UV3 FARMA E.I.R.L., representado legalmente por CABALLERO TRUJILLO Meldissa Jhorela, ubicado en calle Elvira García y García Nro. 2793 urb. Los Cipreses, distrito Lima, provincia y departamento de Lima, con horario de atención al público de lunes a sábado de 08:00 a 20:00 horas y con la dirección técnica de la Q.F. AGUILAR ROMERO Miriam Soledad con C.Q.F.P. N°08617 y con horario de labor de lunes a sábado de 08:00 a 20:00 horas; conforme a las consideraciones expuestas en la presente Resolución Administrativa.

Art.2°.- Informar, a la parte interesada que toda modificación o cambio en el establecimiento Farmacéutico, debe ser comunicado a la Dirección de Medicamentos Insumos y Drogas-DIRIS LC, que no podrá funcionar en horario no autorizado, y que el incumplimiento de las normas establecidas dará lugar a la aplicación de las medidas de seguridad sanitaria y sanciones administrativas correspondientes.

Art.3°.- Notificar, la presente Resolución Administrativa al interesado, para los fines pertinentes.

Art.4°.- Registrar, la presente Resolución Administrativa en el Sistema de Información de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas – SI – DIGEMID.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Administrativas - DMID

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R.A. N°951-2025-DMID-DIRIS-L.C.

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