Resolución Administrativa N.° 679-2025-DMID-DIRIS-LC

28 de mayo de 2025

Art.1°.- Otorgar, la Autorización Sanitaria de Funcionamiento al establecimiento farmacéutico de clase BOTICA con nombre comercial BOTICAS RODRIG FARMA 3 con RUC N° 20613349317 con razón social BOTICAS RODRIG FARMA 3 S.A.C., representada legalmente por GARCÍA DÍAZ Juan Manolo, ubicado en Mz. A Lote. 32 A.H. Jesús Oropeza Chonta, distrito San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, con horario de atención al público de lunes a viernes de 22:00 a 06:00 horas y con la dirección técnica del Q.F. SALAZAR RAMOS Giancarlos con C.Q.F.P. N° 20759 con horario de labor de lunes a viernes de 22:00 a 06:00 horas; conforme a las consideraciones expuestas en la presente Resolución Administrativa.

Art.2°.- Informar, a la parte interesada que toda modificación o cambio en el establecimiento Farmacéutico, debe ser comunicado a la Dirección de Medicamentos Insumos y Drogas-DIRIS LC, que no podrá funcionar en horario no autorizado, y que el incumplimiento de las normas establecidas dará lugar a la aplicación de las medidas de seguridad sanitaria y sanciones administrativas correspondientes.

Art.3°.- Notificar, la presente Resolución Administrativa al interesado, para los fines pertinentes.

Art.4°.- Registrar, la presente Resolución Administrativa en el Sistema de Información de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas – SI – DIGEMID.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Administrativas - DMID

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R.A. N°679-2025-DMID-DIRIS-LC

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