Resolución Administrativa N.° 671-2025-DMID-DIRIS-LC

26 de mayo de 2025

Art.1°.- Otorgar, la Autorización Sanitaria de Funcionamiento al establecimiento farmacéutico de clase BOTICA con nombre comercial BOTICA CARRANZA con RUC N.º 20614033607, con razón social BOTICAS CARRANZA S.A.C., representada legalmente por GUEVARA CARRANZA Vanessa, ubicado en Av. Agustín de La Rosa Toro N° 1038 Urb. Jacaranda II Etapa, distrito San Borja, provincia y departamento de Lima, con horario de atención al público de lunes a sábado de 14:00 a 17:00 horas, y con la dirección técnica de la Q.F. MANAYAY SOSA Cinthia Perlany con C.Q.F.P. N° 20065, con horario de labor de lunes a sábado de 14:00 a 17:00 horas; conforme a las consideraciones expuestas en la presente Resolución Administrativa.

Art.2°.- Informar, a la parte interesada que toda modificación o cambio en el establecimiento Farmacéutico, debe ser comunicado a la Dirección de Medicamentos Insumos y Drogas - DIRIS LC, que no podrá funcionar en horario no autorizado, y que el incumplimiento de las normas establecidas dará lugar a la aplicación de las medidas de seguridad sanitaria y sanciones administrativas correspondientes.

Art.3°.- Notificar, la presente Resolución Administrativa al interesado, para los fines pertinentes.

Art.4°.- Registrar, la presente Resolución Administrativa en el Sistema de Información de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas – SI – DIGEMID.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Administrativas - DMID

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R.A. N°671-2025-DMID-DIRIS-LC

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