Resolución Administrativa N.° 593-2025-DMID-DIRIS-LC
14 de mayo de 2025
Art.1°.- Ratificar la Medida de Seguridad Sanitaria de cierre temporal al establecimiento de nombre comercial BOTICA FARMA LOAYZA, de razón social FARMA LOAYZA SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA - FARMA LOAYZA S.A.C., representado legalmente por HUAMANI HUAMÁN PETRONILA, con número de RUC 20547098545, ubicado en Av. Alfonso Ugarte N° 982, en el distrito de Breña, provincia y departamento de Lima, hasta que solicite su autorización sanitaria de funcionamiento, sea inspeccionado y obtenga dicha autorización.
Art.2°.- Todos los establecimientos farmacéuticos comprendidos en el artículo 4° del Reglamento de Establecimientos Farmacéuticos aprobado por Decreto Supremo N° 014-2011-SA, requieren de Autorización Sanitaria de Funcionamiento, conforme a lo dispuesto en el artículo 17° del mismo reglamento y en el artículo 21° de la Ley N° 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios. La autorización sanitaria es requisito indispensable para su funcionamiento, la misma que será otorgada por la Autoridad de Salud previa inspección.
Art.3°.- Notifíquese la presente Resolución Administrativa al interesado y dispóngase su publicación en la página web institucional de la DIRIS Lima Centro, para su conocimiento y fines pertinentes.
Art.4°.- Póngase de conocimiento a la Oficina de Fiscalización, Control y Vigilancia Sanitaria de Establecimientos Farmacéuticos y no Farmacéuticos de la DIRIS Lima Centro, para fines pertinentes.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Administrativas - DMID