Resolución Administrativa N.° 483-2025-DMID-DIRIS-LC

10 de abril de 2025

ARTÍCULO PRIMERO.IMPONER SANCIÓN DE MULTA ascendente al 50 % de CINCO (5) UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS - UIT al establecimiento farmacéutico BOTICA LITA DENT, con razón social BOTICA DENTAL BRIGHT E.I.R.L., representado legalmente por PORRAS MICHUE LITA ESPERANZA, con RUC N° 20565814487, ubicado en Av. Emancipación N° 331-325-319 Int. 140 Galería Odonto Plaza, en el distrito de Lima, por los fundamentos expuestos en la presente resolución; en condición de atenuantes;

ARTÍCULO SEGUNDO. – Notificar al administrado y señalar que contra la presente resolución proceden los recursos administrativos señalados por Ley; asimismo informar que el pago de la multa será requerido una vez que la resolución que impone la sanción quede firme. El Administrado podrá acogerse al pago del 50% de la obligación siempre que lo efectúe dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de notificada, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.1.6 de la Directiva Administrativa N° 002-2019-DG-DIRIS-LC, a la cuenta bancaria del Banco de la Nación N° 00068372046 a nombre de la DIRIS Lima Centro.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Administrativas - DMID

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R.A. N°483-2025-DMID-DIRIS-LC

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